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Restricción a la circulación de camiones por fin de semana largo

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Restricción a la circulación de camiones por fin de semana largo

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Se restringe la circulación de camiones de más de 3.500 KG en rutas nacionales y en los accesos a CABA el siguiente día y horario:

– Viernes 27 de Noviembre de 2015, de 08:00 a 14:00 horas.

–  Domingo 29 de Noviembre de 2015, de 18 a 23:59 horas.

El objetivo de la medida es facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito durante el fin de semana largo, donde se conmemora el Día de la Soberanía Nacional. Trabajan en conjunto la Dirección Nacional de Vialidad, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.

La veda regirá en sentido ascendente (salida), el día viernes 9 de Noviembre de 2015, de 08:00 a 14:00 horas, y en sentido descendente (regreso), el día Domingo 29 de Noviembre de 2015, de 18 a 23:59 horas, en los siguientes accesos a CABA, autovías y autopistas:

  • Ricchieri
  • Ezeiza-Cañuelas
  • Del Oeste
  • La Plata-Buenos Aires
  • Au. del Sol (Panamericana)
  • Autopista Ruta Nacional Nº 7 desde ciudad de San Luis a la ciudad de Mendoza.
  • Autopista Ruta Nacional Nº 9 desde el km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de Córdoba.
  • Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 80 al 159.91
  • Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 1390,9 al 1396.11
  • Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 1636,87 a 1638,76
  • Autovía Ruta Nacional Nº 14 desde el Km 0 al 504.38

Quedan exceptuados:

  • Transportes de:
  • Leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-
  • Animales vivos
  • Productos frutihortícolas en tránsito
  • Exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales
  • Atención de emergencias
  • Asistencia de vehículos averiados o accidentados
  • Cisterna de traslado de combustibles
  • Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo
  • Gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios
  • Medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos
  • Gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios
  • Medicinas
  • A disposición final de residuos sólidos urbanos
  • Deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.

 

La veda también regirá en las siguientes rutas nacionales en los tramos que se especifican en ambas manos de circulación:

RUTA DESDE HASTA
Nº 3 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As.
Nº 5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ciudad de Trenque Lauquen, Pcia. de Bs. As.
Nº 7 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ciudad de San Luis, Pcia. de San Luis. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de San Luis, Pcia de San Luis, a la Ciudad de Mendoza, Pcia de Mendoza, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas.
Nº 8 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis
Nº 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ciudad de La Quiaca, Pcia. de Jujuy. Tramo correspondiente a Autopista o Autovía, entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas.
Nº 11 Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. Ciudad de Clorinda, Pcia. de Formosa.
Nº 12 Empalme con Ruta Nacional N° 9, Provincia de Buenos Aires. Puerto Iguazú, Pcia de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159.91; 1390,9 a 1396.11 y 1636.87 a 1638.76 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas.
Nº 14 Ciudad de Ceibas, Pcia. de Entre Ríos. Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas.
Nº 19 Ciudad de Santa Fe, Pcia. de santa Fe. Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.
Nº 20 Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan.
Nº 22 Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. Pcia. de Neuquén.
Nº 33 Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As.
Nº 34 Intersección con la R.N. 9 en la Localidad de GUEMES, Pcia. de SALTA. Yuto, Pcia. de Jujuy.
Nº 35 Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. Ciudad de Santa Rosa, Pcia. de La Pampa.
Nº 36 Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.
Nº 38 Empalme con la RN N° 20, en la Pcia. de Córdoba. Ciudad de S. M. de Tucumán, Pcia. de Tucumán.
Nº 40 Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. Ciudad de Malargue, Pcia. de Mendoza.
Empalme con la R.N. N° 234, de la Pcia. de Neuquén. Ciudad de Esquel, Pcia. de Chubut.
Nº 74 Empalme con la Ruta Nacional N° 38, Pcia. de La Rioja. Ciudad de Chilecito, Pcia. de La Rioja.
Nº 105 Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. Ciudad de Posadas, Pcia. de Misiones.
Nº 127 Empalme con R.N. N° 12, Pcia. de Entre Ríos. Empalme con Ruta Nacional N° 14, Pcia. de Corrientes.
Nº 141 Empalme con la Ruta Nacional N° 79, en la Pcia. de La Rioja. Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan.
Nº 146 Empalme Ruta Nacional N° 20, Pcia. de San Luis. Ciudad de San Rafael, Pcia. de Mendoza.
Nº 147 Ciudad de San Luís, Pcia. De San Luis. Empalme de la Ruta Nacional N° 20 de la Pcia. de San Luis.
Nº 148 Ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba. Límite con la Pcia. de San Luis.
Nº 158 Ciudad de San Francisco, Pcia. de Córdoba. Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis.
Nº 174 Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. Ciudad de Victoria, Pcia. de Entre Ríos.
Nº 188 Ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Pcia. de Bs. As. Ciudad de General Alvear, Pcia. de Mendoza.
Nº 205 Ciudad de Cañuelas, Pcia. de Bs. As. Ciudad de San Carlos de Bolívar, Pcia. de Buenos Aires.
Nº 226 Ciudad de General Villegas, Pcia. de Bs. As. Empalme Ruta Provincial N° 29, Pcia. de Bs. As.
Nº 231 Empalme con la Ruta Nacional N° 40, Pcia. De Neuquén. Paso Cardenal Samoré, Pcia. de Neuquén

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El gobierno anunció que pagará las jubilaciones y pensiones de abril en dos cuotas

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Para aplicar el reciente cambio en la actualización de las jubilaciones y pensiones, la Anses desdoblará el pago de los haberes en abril en dos tramos: en el primer pago se liquidará el mismo monto que se cobró en marzo y en el segundo se cobrará el aumento y el bono de $70.000.

La Anses aún no anunció el calendario para el segundo pago, el correspondiente al aumento y a bonos; solamente informó que será dentro de abril. El calendario para el primer pago ya fue informado y comienza el 10 de abril.

“La reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes”, señaló la Anses en un comunicado.

“En consecuencia, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos”, agregó.

El organismo informó que en mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril) y “en ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados”. Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente.

 “Habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos”, informó la Anse

Días atrás, el Gobierno ya había oficializado por decreto la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que desde julio se actualizarán mensualmente de acuerdo con la variación de la inflación, a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Es decir, en julio los haberes se actualizarán tomando como base el IPC de mayo; en agosto, el índice de junio; y así sucesivamente.

También se había advertido que en la transición de una fórmula hacia otra, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5 por ciento “para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año”.

“Asimismo, se adicionará el 13,24 por ciento correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024. Por todo ello, la jubilación mínima de abril será de 171.283,31 pesos. A ese monto se le adicionara el pago de un bono de 70 mil pesos. En consecuencia, la jubilación mínima en el mes de abril alcanzará un total de 241.283,31 pesos”, informó la Anses.

“La PUAM asciende a 137.026,65 pesos, a lo que se adicionará un bono de 70 mil pesos, quedando en 207.026,65 pesos. Las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en 119.898,32 pesos por lo que, sumado al bono de 70 mil pesos, cobrarán 189.898,32 pesos”, agregó el organismo previsional.

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A partir de abril llega el aumento de las tarifas de gas

La resolución se firmará la semana próxima. Es por la quita de subsidios a hogares, industrias y comercios. Rondará el 300%.

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El Gobierno nacional definió el incremento del gas desde abril, con la quita de subsidios al precio mayorista, lo que impactará mayormente en las boletas de hogares de altos ingresos, comercios e industrias.

Este ajuste es parte del recorte de subsidios que está dispuesto a hacer para equilibrar las cuentas fiscales, y la suba en las facturas se sentirá principalmente en el invierno, cuando se combinará el mayor consumo con los precios más altos de la energía. Se esperan aumentos de al menos 300%, aunque especialistas del sector estiman que será mayor.

La definición oficial llega con dos meses de retraso. La Secretaría de Energía y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) tenían todo listo para aplicar los aumentos en febrero, pero el ministro de Economía, Luis Caputo, bajó la orden de esperar para intentar anclar la inflación en niveles más bajos.

La Secretaría de Energía aclaró que los nuevos valores mayoristas se establecieron por la quita de subsidios e impactará en las boletas, porque el precio del gas es uno de los componentes de la tarifa final. A esto hay que agregarle los componentes de transporte y distribución, por lo que el impacto final en las boletas será aún mayor.

Tal como informaron oficialmente, habrá un aumento en el precio de la producción de gas, el cual representa un 36% de las tarifas final. Hasta diciembre, los hogares pagaron un 17% del costo real del abastecimiento (70 centavos de dólar por millón de BTU sobre US$ 4,10) mientras que las empresas pidieron subas mayores al 500% en sus márgenes.

Esta suba se hará de forma “escalonada” durante los próximos tres meses. El ajuste tendrá su primera actualización en abril; la segunda entre mayo y septiembre y la tercera desde octubre a diciembre.

Transporte y distribución

Aún con estos ajustes, seguirían faltando otros incrementos en la tarifa de gas. Esto se debe a que aún resta que la Secretaría de Energía decrete además alzas en los servicios de transporte de gas y de distribución, que también están incluidos en el precio final de las boletas.

En la audiencia pública, las empresas transportistas (TGN y TGS) pidieron recomponer sus ingresos con aumentos de 524%, mientras que las distribuidoras (Metrogas, Naturgy y Camuzzi, entre otras) solicitaron subas de 462%. (DIB)

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Capital Federal
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Restricción de camiones por Semana Santa

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Este fin de semana largo por los feriados de Semana Santa, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) comunica que, con el fin de reducir siniestros viales, estará restringida la circulación de camiones que superen los 3.500 kilos en más de 30 rutas nacionales y en los principales ingresos y egresos al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

La restricción comenzará este miércoles 27 desde las 18 y se extenderá hasta las 20:59 horas. Continuará el jueves 28 entre las 7 y las 9:59 horas y culminará el martes 2 de abril de 18 a 20:59 horas. La medida estará vigente en distintos tramos y sentidos de las rutas y autopistas contempladas.

Desde 2010, la ANSV implementa estratégicamente la restricción de camiones de gran porte como medida preventiva para evitar congestionamientos y reducir siniestros viales. Este reordenamiento del tránsito se realiza en fechas especiales donde aumenta el caudal vehicular hacia los distintos puntos turísticos argentinos.

En este sentido, el máximo organismo en materia de tránsito del país remarca a los conductores la importancia de realizar una conducción responsable. Es fundamental respetar las normas de tránsito.

Además, la ANSV recuerda la existencia de la Línea telefónica 149 opción 2 para las personas que protagonicen un siniestro vial. Se trata de la Red Federal de Asistencia a Víctimas de Siniestros Viales, que funciona en todo el país durante las 24 horas. Este servicio acompaña y asesora a las víctimas viales y a sus familiares en las instancias posteriores a la emergencia.

Recomendaciones para un viaje seguro:

  • Respetar las velocidades máximas y mínimas permitidas.
  • Anunciar todas las maniobras con anticipación y no realizar adelantamientos indebidos y/o circular por las banquinas.
  • Evitar el uso del celular durante el camino.
  • No tomar alcohol previo a la conducción.
  • Descansar adecuadamente antes de viajar.
  • Todos los ocupantes deben trasladarse con el cinturón de seguridad abrochado (con silla de retención infantil en el caso de menores de 10 años).
  • Si el viaje es en moto, utilizar casco bien colocado y sujetado.
  • Si durante el trayecto llueve o hay baja visibilidad, disminuir la velocidad.

Documentación y elementos necesarios para circular:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Licencia Nacional de Conducir.
  • Cédula verde o azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  • Chapas patentes legibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

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