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Se reglamentó la ley de Góndolas para diversificar la oferta y permitir más presencia de PyMes en supermercados

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Se reglamentó la ley de Góndolas para diversificar la oferta y permitir más presencia de PyMes en supermercados

Así lo indica el decreto 991/2020 publicado este martes en el Boletín Oficial. La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo será la autoridad de aplicación de la ley.

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El gobierno nacional oficializó hoy la reglametación de la Ley de Góndolas(27.545) para propiciar una mayor oferta de productos en las grandes cadenas de supermercados, tanto física como virtualmente, y posibilitará que las PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un «trato equitativo en el espacio que ocupen en las góndolas».

Así lo indica el decreto 991/2020 publicado este martes en el Boletín Oficial, en el cual se establece que la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo será la autoridad de aplicación de la ley y determina que en un plazo máximo de 90 días elabore las resoluciones complementarias.

En ese sentido, la Secretaría de Comercio Interior deberá elaborar un listado actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, agrupados por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas. Este listado será publicado y actualizado en la web de la Secretaría de Comercio para que pueda ser consultado libremente.

La Secretaría también dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales, para prevenir la confusión de las y los consumidores. Además, podrá fijar un porcentaje máximo de ese tipo de exhibidores en relación con las góndolas para evitar una sobre presentación de algunos productos.

La Ley de Góndolas, sancionada por el Congreso el 28 de febrero de 2020, establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor; y exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios.

También que las micro y pequeñas empresas cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos; y que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio. La Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría.

Asimismo, aquellos productos que se comercialicen bajo un programa acordado con el Estado, como por ejemplo Precios Cuidados, tendrán criterios específicos de exhibición que deberá elaborar la Secretaría de Comercio Interior.

Respecto de los plazos de pago, la ley otorga un máximo de 60 días para que los grandes supermercados abonen a las micro y pequeñas empresas y de 40 días cuando se trate de emprendimiento de la economía campesina, agricultura familiar, cooperativas y mutuales.

En ese sentido, la reglamentación establece que esas condiciones deberán acordarse por escrito entre las partes y computarse a partir de la entrega de la mercadería por parte del proveedor o de la proveedora.

Además, no se podrán establecer plazos y modalidades de pago preferenciales, con fines exclusorios o inequitativos entre los distintos proveedores o las distintas proveedoras. También, se exige el trato igualitario en las condiciones en los descuentos, bonificaciones, reposición, transporte, abastecimiento, logística y devoluciones.

Productos regionales

Asimismo, para garantizar la promoción de productos regionales, Comercio fijará las condiciones de contratación, distribución y comercialización de estos bienes entre los supermercados, hipermercados, autoservicios, cadenas minoristas, tiendas y centros de compras que facturen por encima de los límites de las MiPyMEs, cifra que hoy es de $2.602,5 millones anuales.

Los artículos PyMES estarán exhibidos con la leyenda «Compre Mipyme» destacado en las góndolas, según establece el artículo 10 de la Ley, para productos nacionales de micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina, cooperativas y mutuales.

La actividad comercial estará regida por el Código de Buenas Prácticas de cumplimiento obligatorio para las grandes cadenas de supermercados y de adhesión voluntaria para los sujetos que no están alcanzados por la Ley, según el artículo 11 de la reglamentación.

Los supermercados podrán ser relevados del cumplimiento de la norma en los supuestos en que se acredite fehacientemente la falta del número mínimo de proveedores o la insuficiencia de producción entre oferentes de micro y pequeñas empresas de una determinada categoría de productos y zona geográfica, según establece el artículo 13.

Para llevar adelante el control de los proveedores se creará el Registro Nacional de Proveedores, en colaboración con la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, para permitir monitorear el universo de proveedores para garantizar su acceso a las góndolas de las cadenas de comercialización.

Código de Buenas Prácticas

La Secretaría de Comercio Interior también podrá solicitar la información necesaria, que será confidencial, para determinar posibles infracciones al Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución o requerimientos del Observatorio de la Cadena de Valor.

Además, podrá autorizar, en forma excepcional, a los comercios que no hubieren realizado las modificaciones en el plazo estipulado en el artículo 16 de la Ley Nº 27.545 para que, en 90 días corridos, implementen los recaudos necesarios para cumplir con la Ley. Al mismo tiempo, establecerá el modo de participación de las organizaciones de Defensa del Consumidor en los procedimientos sancionatorios.

También, tendrá bajo su órbita la creación de un Reglamento de Inspecciones que contemplará un registro de colaboradores «ad honorem», para que los integrantes de la cadena y las asociaciones de consumidores cooperen en un control transparente de la Ley.

Asimismo, presidirá el Observatorio de la Cadena de la Valor que tendrá amplia participación de todos los sectores involucrados así como de las asociaciones de consumidores y consumidoras.

Las consumidoras y los consumidores dispondrán de un enlace virtual de fácil acceso para denunciar infracciones a la Ley de Góndolas.

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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles

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El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.

Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.

El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.

Líneas de crédito y detalles

Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.   

Compra de primera o segunda vivienda

  • El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
  • Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Construcción de vivienda

  • El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
  • Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Terminación de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Ampliación o refacción de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
  • El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO

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Milei en cadena nacional: «La situación que estamos viviendo es dura, es el último tramo de un esfuerzo heroico»

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El Presidente Javier Milei expresó a todos loa argentinos en Cadena Nacional que «entiendo que la situación que estamos viviendo es dura, pero también que ya hemos recorrido más de la mitad del camino» y anunció que el Gobierno alcanzó durante marzo un superávit financiero de más de 275.000 millones de pesos, un logro que el sector público nacional alcanzó luego de casi 20 años, y al que calificó como “una hazaña histórica mundial” pese a haber recibido “un país quebrado” y pese a haber incrementado la ayuda social.

En un mensaje a los argentinos transmitido por cadena nacional, el Presidente sostuvo que al asumir “tomamos el toro por las astas” para implementar el “programa de estabilización de shock más ambicioso de nuestra historia” que permitió alcanzar en un mes el superávit financiero, “un hito que no tiene parangón en la historia del mundo occidental”.

Sobre este logro dijo que “es el único punto de partida posible para terminar de una vez para siempre con la inflación”, y aseguró que se produjo “de manera económicamente sustentable” ya que por primera vez “no se le traslada el costo del ajuste a toda la población argentina, sino solamente a aquellos que fueron beneficiados por el modelo empobrecedor del pasado”.

Rodeado de su equipo económico, el mandatario destacó la “enorme tarea” que está llevando a cabo y afirmó que se trata de un “milagro económico pese a la herencia que recibimos”. También ponderó la “entereza con la que los argentinos están enfrentando este desafío”, y aseguró que estamos en el “último tramo del esfuerzo heroico” que está haciendo la mayoría.

A continuación, los puntos más salientes de su discurso:

✅ “La situación que estamos viviendo es dura, pero ya hemos recorrido más de la mitad del camino. Este es el último tramo de un esfuerzo heroico que los argentinos estamos haciendo y por primera vez va a valer la pena”.

✅ “El sector público nacional registró durante el mes de marzo un superávit financiero de más de 275.000 millones de pesos”.

✅ “Este es el primer trimestre con superávit financiero desde el año 2008, un hito que debe enorgullecernos como país, en particular dada la estrepitosa herencia de la que tuvimos que hacernos cargo”.

✅ “Este es el único punto de partida posible para terminar con el infierno inflacionario que fue la Argentina desde la caída de la convertibilidad. El superávit fiscal es la piedra angular desde la cual construimos la nueva era de prosperidad”.

✅ “Cuando asumimos el enorme desafío de conducir nuestra nación encontramos un país quebrado y al borde de una hiperinflación”.

✅ “Asumimos el Gobierno con la inflación 7.600% anual, con un sobrante monetario y un Banco Central quebrado que hubiese llevado la inflación al 15.000% anual”.

✅ “Dada la gravedad de la situación que habíamos heredado no teníamos tiempo para un nuevo experimento gradualista y avanzamos en el programa de estabilización de shock más ambicioso de nuestra historia”.

✅ “Así logramos alcanzar el superávit financiero en tan solo un mes, un hito que no tiene parangón en la historia del mundo occidental”.

✅ “De los cinco puntos del déficit del Tesoro que hemos ajustado solo 0,4% responde a la pérdida del poder adquisitivo de las jubilaciones, pérdida producida por la nefasta fórmula de movilidad de Alberto Fernández”.

✅ “Destacamos la reducción del 76% de las transferencias discrecionales a las provincias y la reducción drástica del 87% en la obra pública, históricamente vinculada a la corrupción que ha sido la Argentina los últimos 20 años».

✅ “Además, hemos reducido la estructura del Estado eliminando el 50% de los cargos políticos, eliminamos la pauta publicitaria, una reducción del 22% de los gastos de funcionamiento del Estado”.

✅ «El superávit fiscal lo hemos logrado sin olvidarnos de aquellos sectores postergados que han sido las principales víctimas del modelo empobrecedor”.

✅ “Hemos aumentado un 500% del Plan Primeros Mil Días que beneficia a 70.000 mujeres embarazadas; un 311% la Asignación de ayuda escolar; duplicamos la Asignación Universal por Hijo y la Tarjeta Alimentar; aumentamos un 75% la ayuda para los comedores y lanzamos un sistema de vouchers educativos para asistir a familias que envían a sus hijos a establecimientos con subvención estatal”.

✅ “Decían que hacer un ajuste de más de un punto del PBI y tener déficit cero en el primer año era imposible. Bueno, estamos haciendo posible lo imposible, incluso con la mayoría de la política, los sindicatos, el periodismo y buena parte de los actores económicos en contra».

✅ “Esto es ley de la historia. Si el Estado no gasta más de lo que recauda y no recurre a la emisión no hay inflación. No es magia. La única tarea del Estado es proteger la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos, para que cada uno pueda ser arquitecto de su propio destino”.

✅ “No esperen la salida de la mano del gasto público. La salida vendrá de la mano de la inversión del sector privado y del crédito, financiado genuinamente por el ahorro, porque esa es la única manera sostenible de crecer”.

✅ “Nada de todo esto podría ser posible sin el esfuerzo heroico de la mayoría de los argentinos que están sufriendo, pero que saben que este es el único camino posible si queremos un futuro mejor para nuestros hijos”.

✅ “No hay alternativa más que rendirse a los pies de un pueblo que ha decidido abandonar la esclavitud y a emprender el largo camino por el desierto hacia la tierra prometida. Quienes formamos parte de este Gobierno vamos a dejar la vida para sacar este país del infierno que hemos recibido”.

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El Gobierno oficializó el pago de un bono de $ 70.000 para jubilados en mayo

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el pago de un bono de $ 70.000 para los jubilados y pensionados durante mayo, que se sumará a la suba de los haberes en un 11%.

El beneficio fue publicado este lunes a través del Decreto 340/2024 publicado en el Boletín Oficial. El texto además detalló los requisitos para acceder al bono y especificó que quienes reciban haberes superiores a $ 260.142 quedarán excluidos de la medida.

En rigor, la totalidad del bono será cobrado por aquellos que perciban mensualmente el haber mínimo. Quienes estén englobados en ese grupo (incluyendo aquellos que reciban la Pensión Universal para el Adulto Mayor), cobrarán $70.000.

En cambio quienes reciban un ingreso mayor, el Gobierno abonará un proporcional de los $70.00 hasta completar $260.141,6.

El documento considera que el país se encuentra “atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población”.

Según lo publicado, el bono también incluirá a “las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”. 

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