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El Gobierno reglamentó la Ley de Teletrabajo: claves, detalles y cuándo comienza a regir

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El Gobierno reglamentó la Ley de Teletrabajo: claves, detalles y cuándo comienza a regir

La ley entrará en vigor recién 90 días después de que el Ministerio fije la fecha del inicio del régimen de transitoriedad.

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Por medio del decreto 27/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández reglamentó parcialmente la Ley de Teletrabajo. Muy resistida por el sector empresarial, la iniciativa busca brindar un marco de protección a los miles de trabajadores que a partir de las restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus Covid-19 comenzaron el año pasado a desarrollar sus actividades de manera remota desde sus hogares.

En su primer artículo se aclara que las disposiciones de esta ley «no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular, o en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».

El decreto, que lleva las firmas del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni dejó sin reglamentar los artículos 2, 3 y 4 que contemplan al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral.

En cuanto al derecho a la desconexión digital, en el artículo 5 el Gobierno aclaró que «cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral. En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada».

El empleador no podrá además establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión mientras que «los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos».

En cuanto a las tareas de cuidado en su hogar que deba realizar el teletrabajador, se aclaró que el trabajador «que ejerza el derecho a interrumpir la tarea por razones de cuidado deberá comunicar en forma virtual y con precisión el momento en que comienza la inactividad y cuando esta finaliza. En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva».

Tampoco en este caso el empleador podrá establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a interrumpir la tarea por razones de cuidado y «los empleadores y las empleadoras y los trabajadores y las trabajadoras deberán velar por un uso equitativo, en términos de género, de las medidas dispuestas en este artículo, promoviendo la participación de los varones en las tareas de cuidado».

Uno de los puntos de la ley que más inquietó al sector empresarial fue el de la reversabilidad de la modalidad de teletrabajo ante el pedido del trabajador. El Gobierno dispuso en la reglamentación de este punto que una vez «recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido. En ningún caso dicho plazo podrá ser superior a 30 días. A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo».

En tanto aquellos trabajadores que «hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales».

En sus artículos 9 y 10 el decreto aclara que la provisión de elementos de trabajo no es remuneratoria así como tampoco lo es la compensación de gastos, «aún sin comprobantes». De esta manera, estas cuestiones «no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social».

Además, en ambos casos, siempre y cuando la relación entre ambas partes «no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva», puedan acordar entre ellas las pautas para su determinación.

La ley preveía su entrada en vigencia 90 días después de la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno el 20 de marzo pasado la pandemia. En el actual contexto epidemiológico, en etapa de distanciamiento social, según la reglamentación publicada hoy en el Boletín Oficial será el Ministerio de Trabajo el que dicte una resolución fijando la fecha de inicio del cómputo de los 90 días indicados para que comience a regir la ley.

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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles

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El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.

Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.

El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.

Líneas de crédito y detalles

Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.   

Compra de primera o segunda vivienda

  • El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
  • Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Construcción de vivienda

  • El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
  • Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Terminación de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Ampliación o refacción de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
  • El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO

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Milei en cadena nacional: «La situación que estamos viviendo es dura, es el último tramo de un esfuerzo heroico»

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El Presidente Javier Milei expresó a todos loa argentinos en Cadena Nacional que «entiendo que la situación que estamos viviendo es dura, pero también que ya hemos recorrido más de la mitad del camino» y anunció que el Gobierno alcanzó durante marzo un superávit financiero de más de 275.000 millones de pesos, un logro que el sector público nacional alcanzó luego de casi 20 años, y al que calificó como “una hazaña histórica mundial” pese a haber recibido “un país quebrado” y pese a haber incrementado la ayuda social.

En un mensaje a los argentinos transmitido por cadena nacional, el Presidente sostuvo que al asumir “tomamos el toro por las astas” para implementar el “programa de estabilización de shock más ambicioso de nuestra historia” que permitió alcanzar en un mes el superávit financiero, “un hito que no tiene parangón en la historia del mundo occidental”.

Sobre este logro dijo que “es el único punto de partida posible para terminar de una vez para siempre con la inflación”, y aseguró que se produjo “de manera económicamente sustentable” ya que por primera vez “no se le traslada el costo del ajuste a toda la población argentina, sino solamente a aquellos que fueron beneficiados por el modelo empobrecedor del pasado”.

Rodeado de su equipo económico, el mandatario destacó la “enorme tarea” que está llevando a cabo y afirmó que se trata de un “milagro económico pese a la herencia que recibimos”. También ponderó la “entereza con la que los argentinos están enfrentando este desafío”, y aseguró que estamos en el “último tramo del esfuerzo heroico” que está haciendo la mayoría.

A continuación, los puntos más salientes de su discurso:

✅ “La situación que estamos viviendo es dura, pero ya hemos recorrido más de la mitad del camino. Este es el último tramo de un esfuerzo heroico que los argentinos estamos haciendo y por primera vez va a valer la pena”.

✅ “El sector público nacional registró durante el mes de marzo un superávit financiero de más de 275.000 millones de pesos”.

✅ “Este es el primer trimestre con superávit financiero desde el año 2008, un hito que debe enorgullecernos como país, en particular dada la estrepitosa herencia de la que tuvimos que hacernos cargo”.

✅ “Este es el único punto de partida posible para terminar con el infierno inflacionario que fue la Argentina desde la caída de la convertibilidad. El superávit fiscal es la piedra angular desde la cual construimos la nueva era de prosperidad”.

✅ “Cuando asumimos el enorme desafío de conducir nuestra nación encontramos un país quebrado y al borde de una hiperinflación”.

✅ “Asumimos el Gobierno con la inflación 7.600% anual, con un sobrante monetario y un Banco Central quebrado que hubiese llevado la inflación al 15.000% anual”.

✅ “Dada la gravedad de la situación que habíamos heredado no teníamos tiempo para un nuevo experimento gradualista y avanzamos en el programa de estabilización de shock más ambicioso de nuestra historia”.

✅ “Así logramos alcanzar el superávit financiero en tan solo un mes, un hito que no tiene parangón en la historia del mundo occidental”.

✅ “De los cinco puntos del déficit del Tesoro que hemos ajustado solo 0,4% responde a la pérdida del poder adquisitivo de las jubilaciones, pérdida producida por la nefasta fórmula de movilidad de Alberto Fernández”.

✅ “Destacamos la reducción del 76% de las transferencias discrecionales a las provincias y la reducción drástica del 87% en la obra pública, históricamente vinculada a la corrupción que ha sido la Argentina los últimos 20 años».

✅ “Además, hemos reducido la estructura del Estado eliminando el 50% de los cargos políticos, eliminamos la pauta publicitaria, una reducción del 22% de los gastos de funcionamiento del Estado”.

✅ «El superávit fiscal lo hemos logrado sin olvidarnos de aquellos sectores postergados que han sido las principales víctimas del modelo empobrecedor”.

✅ “Hemos aumentado un 500% del Plan Primeros Mil Días que beneficia a 70.000 mujeres embarazadas; un 311% la Asignación de ayuda escolar; duplicamos la Asignación Universal por Hijo y la Tarjeta Alimentar; aumentamos un 75% la ayuda para los comedores y lanzamos un sistema de vouchers educativos para asistir a familias que envían a sus hijos a establecimientos con subvención estatal”.

✅ “Decían que hacer un ajuste de más de un punto del PBI y tener déficit cero en el primer año era imposible. Bueno, estamos haciendo posible lo imposible, incluso con la mayoría de la política, los sindicatos, el periodismo y buena parte de los actores económicos en contra».

✅ “Esto es ley de la historia. Si el Estado no gasta más de lo que recauda y no recurre a la emisión no hay inflación. No es magia. La única tarea del Estado es proteger la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos, para que cada uno pueda ser arquitecto de su propio destino”.

✅ “No esperen la salida de la mano del gasto público. La salida vendrá de la mano de la inversión del sector privado y del crédito, financiado genuinamente por el ahorro, porque esa es la única manera sostenible de crecer”.

✅ “Nada de todo esto podría ser posible sin el esfuerzo heroico de la mayoría de los argentinos que están sufriendo, pero que saben que este es el único camino posible si queremos un futuro mejor para nuestros hijos”.

✅ “No hay alternativa más que rendirse a los pies de un pueblo que ha decidido abandonar la esclavitud y a emprender el largo camino por el desierto hacia la tierra prometida. Quienes formamos parte de este Gobierno vamos a dejar la vida para sacar este país del infierno que hemos recibido”.

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El Gobierno oficializó el pago de un bono de $ 70.000 para jubilados en mayo

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el pago de un bono de $ 70.000 para los jubilados y pensionados durante mayo, que se sumará a la suba de los haberes en un 11%.

El beneficio fue publicado este lunes a través del Decreto 340/2024 publicado en el Boletín Oficial. El texto además detalló los requisitos para acceder al bono y especificó que quienes reciban haberes superiores a $ 260.142 quedarán excluidos de la medida.

En rigor, la totalidad del bono será cobrado por aquellos que perciban mensualmente el haber mínimo. Quienes estén englobados en ese grupo (incluyendo aquellos que reciban la Pensión Universal para el Adulto Mayor), cobrarán $70.000.

En cambio quienes reciban un ingreso mayor, el Gobierno abonará un proporcional de los $70.00 hasta completar $260.141,6.

El documento considera que el país se encuentra “atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población”.

Según lo publicado, el bono también incluirá a “las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”. 

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