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Etiquetado frontal: Los alimentos advertirán el contenido de azúcares, grasas y calorías desde el 20 de agosto

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Etiquetado frontal: Los alimentos advertirán el contenido de azúcares, grasas y calorías desde el 20 de agosto

Conforme a la ley 27.642, publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, el Ministerio de Salud informó que a partir de dicha fecha los productos alimenticios llevarán una etiqueta con información nutricional respecto al contenido de sustancias que pueden resultar nocivas.

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Los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas alimenticias aparecerán después del 20 de agosto en los supermercados con etiquetas en las que se advertirá al consumidor sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio de acuerdo con la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, informó el Ministerio de Salud.

Por su parte, las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023.

La cartera informó que aprobó un 35% de solicitudes de prórroga en la implementación de estos sellos de advertencia, sobre un total de 2.658 pedidos

En tanto, «del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes«.

Los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que «exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal», destacó la cartera.

Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).

También cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).

La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (Anmat), implementó el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales que establece las gestiones, procedimientos, plazos y especificaciones respecto a la declaración jurada, las solicitudes de prórroga y la solicitud de casos especiales.

Con esta herramienta junto al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega) se puede elaborar una «calculadora de sellos», un instrumento de acceso público y abierto que permite realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley.

A estas herramientas se agregan el “Buscador Público de Declaraciones Juradas” que cuenta con información consolidada para la consulta en línea de los productos alimenticios con sellos de advertencias y leyendas precautorias.

También está a disposición la “Gestión de Declaración Jurada del Sistema de Sellos y Advertencias Nutricionales”, una herramienta actualizada con el contenido de nutrientes críticos y calorías y la presencia de edulcorantes y/o cafeína de los alimentos y bebidas analcohólicas alcanzados por la ley.

Además en la página de la ANMAT esta publicado el “Sistema de Sellos y Advertencias” donde se encuentran disponibles una amplia variedad de recursos para la implementación del etiquetado nutricional frontal.

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El gobierno anunció que pagará las jubilaciones y pensiones de abril en dos cuotas

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Para aplicar el reciente cambio en la actualización de las jubilaciones y pensiones, la Anses desdoblará el pago de los haberes en abril en dos tramos: en el primer pago se liquidará el mismo monto que se cobró en marzo y en el segundo se cobrará el aumento y el bono de $70.000.

La Anses aún no anunció el calendario para el segundo pago, el correspondiente al aumento y a bonos; solamente informó que será dentro de abril. El calendario para el primer pago ya fue informado y comienza el 10 de abril.

“La reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes”, señaló la Anses en un comunicado.

“En consecuencia, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos”, agregó.

El organismo informó que en mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril) y “en ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados”. Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente.

 “Habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos”, informó la Anse

Días atrás, el Gobierno ya había oficializado por decreto la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que desde julio se actualizarán mensualmente de acuerdo con la variación de la inflación, a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Es decir, en julio los haberes se actualizarán tomando como base el IPC de mayo; en agosto, el índice de junio; y así sucesivamente.

También se había advertido que en la transición de una fórmula hacia otra, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5 por ciento “para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año”.

“Asimismo, se adicionará el 13,24 por ciento correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024. Por todo ello, la jubilación mínima de abril será de 171.283,31 pesos. A ese monto se le adicionara el pago de un bono de 70 mil pesos. En consecuencia, la jubilación mínima en el mes de abril alcanzará un total de 241.283,31 pesos”, informó la Anses.

“La PUAM asciende a 137.026,65 pesos, a lo que se adicionará un bono de 70 mil pesos, quedando en 207.026,65 pesos. Las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en 119.898,32 pesos por lo que, sumado al bono de 70 mil pesos, cobrarán 189.898,32 pesos”, agregó el organismo previsional.

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A partir de abril llega el aumento de las tarifas de gas

La resolución se firmará la semana próxima. Es por la quita de subsidios a hogares, industrias y comercios. Rondará el 300%.

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El Gobierno nacional definió el incremento del gas desde abril, con la quita de subsidios al precio mayorista, lo que impactará mayormente en las boletas de hogares de altos ingresos, comercios e industrias.

Este ajuste es parte del recorte de subsidios que está dispuesto a hacer para equilibrar las cuentas fiscales, y la suba en las facturas se sentirá principalmente en el invierno, cuando se combinará el mayor consumo con los precios más altos de la energía. Se esperan aumentos de al menos 300%, aunque especialistas del sector estiman que será mayor.

La definición oficial llega con dos meses de retraso. La Secretaría de Energía y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) tenían todo listo para aplicar los aumentos en febrero, pero el ministro de Economía, Luis Caputo, bajó la orden de esperar para intentar anclar la inflación en niveles más bajos.

La Secretaría de Energía aclaró que los nuevos valores mayoristas se establecieron por la quita de subsidios e impactará en las boletas, porque el precio del gas es uno de los componentes de la tarifa final. A esto hay que agregarle los componentes de transporte y distribución, por lo que el impacto final en las boletas será aún mayor.

Tal como informaron oficialmente, habrá un aumento en el precio de la producción de gas, el cual representa un 36% de las tarifas final. Hasta diciembre, los hogares pagaron un 17% del costo real del abastecimiento (70 centavos de dólar por millón de BTU sobre US$ 4,10) mientras que las empresas pidieron subas mayores al 500% en sus márgenes.

Esta suba se hará de forma “escalonada” durante los próximos tres meses. El ajuste tendrá su primera actualización en abril; la segunda entre mayo y septiembre y la tercera desde octubre a diciembre.

Transporte y distribución

Aún con estos ajustes, seguirían faltando otros incrementos en la tarifa de gas. Esto se debe a que aún resta que la Secretaría de Energía decrete además alzas en los servicios de transporte de gas y de distribución, que también están incluidos en el precio final de las boletas.

En la audiencia pública, las empresas transportistas (TGN y TGS) pidieron recomponer sus ingresos con aumentos de 524%, mientras que las distribuidoras (Metrogas, Naturgy y Camuzzi, entre otras) solicitaron subas de 462%. (DIB)

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Restricción de camiones por Semana Santa

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Este fin de semana largo por los feriados de Semana Santa, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) comunica que, con el fin de reducir siniestros viales, estará restringida la circulación de camiones que superen los 3.500 kilos en más de 30 rutas nacionales y en los principales ingresos y egresos al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

La restricción comenzará este miércoles 27 desde las 18 y se extenderá hasta las 20:59 horas. Continuará el jueves 28 entre las 7 y las 9:59 horas y culminará el martes 2 de abril de 18 a 20:59 horas. La medida estará vigente en distintos tramos y sentidos de las rutas y autopistas contempladas.

Desde 2010, la ANSV implementa estratégicamente la restricción de camiones de gran porte como medida preventiva para evitar congestionamientos y reducir siniestros viales. Este reordenamiento del tránsito se realiza en fechas especiales donde aumenta el caudal vehicular hacia los distintos puntos turísticos argentinos.

En este sentido, el máximo organismo en materia de tránsito del país remarca a los conductores la importancia de realizar una conducción responsable. Es fundamental respetar las normas de tránsito.

Además, la ANSV recuerda la existencia de la Línea telefónica 149 opción 2 para las personas que protagonicen un siniestro vial. Se trata de la Red Federal de Asistencia a Víctimas de Siniestros Viales, que funciona en todo el país durante las 24 horas. Este servicio acompaña y asesora a las víctimas viales y a sus familiares en las instancias posteriores a la emergencia.

Recomendaciones para un viaje seguro:

  • Respetar las velocidades máximas y mínimas permitidas.
  • Anunciar todas las maniobras con anticipación y no realizar adelantamientos indebidos y/o circular por las banquinas.
  • Evitar el uso del celular durante el camino.
  • No tomar alcohol previo a la conducción.
  • Descansar adecuadamente antes de viajar.
  • Todos los ocupantes deben trasladarse con el cinturón de seguridad abrochado (con silla de retención infantil en el caso de menores de 10 años).
  • Si el viaje es en moto, utilizar casco bien colocado y sujetado.
  • Si durante el trayecto llueve o hay baja visibilidad, disminuir la velocidad.

Documentación y elementos necesarios para circular:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Licencia Nacional de Conducir.
  • Cédula verde o azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  • Chapas patentes legibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

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