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Las empresas deberán publicar en su web el «botón de arrepentimiento»
La empresas contarán con un plazo de 60 días corridos a partir de este lunes para que adecúen sus sitios de Internet de acuerdo a los términos establecidos en la medida.

Las empresas deberán instalar en su página web un «botón de arrepentimiento» para simplificar el derecho de los consumidores a revocar una compra o devolver un producto que se haya adquirido de manera online, en base a una resolución tomada por la Secretaría de Comercio Interior y publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La empresas contarán con un plazo de 60 días corridos a partir de hoy para que adecúen sus sitios de Internet de acuerdo a los términos establecidos en la medida.
La resolución apunta a transparentar y facilitar la devolución y reembolso de las transacciones y se enmarca en el derecho que está establecido en la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor y en el Código Civil y Comercial de la nación Ley 26.994.
La Ley 24.240 establece en el artículo 34 que en las ventas «por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar» el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de diez días corridos contados a partir de la fecha en que se entregue el bien o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna.
En tanto, el Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 señala en el artículo 1.110 que «en los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato».
De este modo, la resolución publicada hoy por la Secretaría de Comercio Interior complementa esto para simplificar el trámite en favor de los consumidores.
El consumidor debe poner el bien a disposición del vendedor y los gastos de devolución son por cuenta de este último.
En la resolución, Comercio Interior indicó que en «en el marco de la emergencia sanitaria, económica y social, cobran relevancia los conflictos en las relaciones de consumo en entornos digitales, fundamentalmente se suscitan por problemas de información por parte de los proveedores a las y los consumidores».
Subrayó que, «en la relación de consumo, las y los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, teniendo en cuenta que el derecho a la información es uno de los elementos esenciales para limitar la asimetría entre consumidoras, consumidores y proveedores».
Consultado por Télam, el director de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), Gustavo Sambucetti, dijo que a partir de la resolución se encuentran «analizando el tema», para evaluar la implementación de la medida.
De acuerdo con información de la cámara, la facturación de empresas de comercio electrónico creció 106% en el primer semestre, en cierta medida por la mayor utilización del canal desde el aislamiento por la pandemia de coronavirus.
Por su parte, el representante de Consumidores Libres, Héctor Polino, dijo a Télam que la iniciativa «es positiva, es una medida que contempla derechos de los usuarios y consumidores».
Polino consideró que al brindar más tranquilidad al consumidor sobre la posibilidad de revocar la compra «eso puede aumentar las ventas» y afirmó que los mecanismos de devolución funcionan bien en otros países «sobre todo en los europeos».
«Siempre desde las cámaras empresarias tratan de ver el aspecto negativo de las medidas, todo depende en qué vereda uno se pone; en las relaciones de consumo hay intereses contrapuestos«, observó.
Consideró que «lo que hay que poner a tono en Argentina es el órgano al que uno va a llevar el tema en caso de incumplimiento por parte de la empresa, es ahí donde tenemos los problemas los consumidores, en los organismos de control».

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Capital Federal
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Créditos UVA: las comisiones de Presupuesto y Finanzas podrían dictaminar proyecto de consenso la semana que viene

A partir de una indicación de la Presidencia de la Cámara de Diputados, las comisiones de Presupuesto y Hacienda y la de Finanzas se reunirán el miércoles próximo a las 11:30 para dictaminar un proyecto para los tomadores de créditos UVA, luego de un trabajo en conjunto con asesores de todos los bloques para generar un proyecto de consenso y entendimiento en el que se tomaron en cuenta todas las iniciativas presentadas.
El proyecto ofrecerá a los deudores con hipotecas otorgadas con cláusula de ajuste por Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.) y Unidades de Vivienda (UVI), destinadas a vivienda única familiar y de ocupación permanente un Sistema de Cobertura, mediante la implementación del cálculo de los saldos adeudados con ajuste mediante un Índice actualizable por RIPTE. En los meses que el RIPTE se encuentre por arriba del IPC, pagarán siempre el Índice más bajo.
El cómputo será retroactivo al 1ero de enero del corriente.
La iniciativa propone que en el momento de ejercer la opción la cuota a abonar no deberá superar el 30 % de los ingresos de los deudores.
Asimismo, quienes estén alcanzados por el impuesto a las ganancias podrán deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente.
Además, el proyecto prevé en caso de que el deudor se encuentre en cese laboral, el Fondo se hará cargo de hasta tres cuotas.
Capital Federal
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Sergio Massa anunció que más de 170 mil bonaerenses no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario, los salarios brutos de hasta $ 880 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de 170 mil trabajadores y trabajadoras bonaerenses.

En este sentido, el Proyecto de Decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $ 880 mil brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica
La medida beneficia a 513 mil trabajadores y trabajadoras de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias están alcanzados por el beneficio.
La medida anunciada por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $ 110 mil ($ 112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.
En el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.
Capital Federal
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A partir de mañana ANSES comienza a pagar la tarifa social de gas

En el marco del programa Hogar, ANSES informa que, desde mañana jueves 8 de junio, comienzan los pagos (según terminación de DNI) de la tarifa social de gas a 2,4 millones de hogares.
Impulsado por la Secretaría de Energía de la Nación, Hogar está destinado a los hogares de menores ingresos que no acceden a la red de gas natural y subsidia el 80 por ciento del precio de la garrafa de 10 kg.
Para más información, ingresar aquí.
Cronograma de pago
· DNI terminados en 0: 8 de junio
· DNI terminados en 1: 9 de junio
· DNI terminados en 2: 12 de junio
· DNI terminados en 3: 13 de junio
· DNI terminados en 4: 14 de junio
· DNI terminados en 5: 15 de junio
· DNI terminados en 6: 16 de junio
· DNI terminados en 7: 21 de junio
· DNI terminados en 8: 22 de junio
· DNI terminados en 9: 23 de junio
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