Connect with us
Noticias Las Flores

Noticias Las Flores

Tres años y medio de prisión para un camionero por un siniestro vial donde hubo cinco muertos

Escuchar Stop

Tres años y medio de prisión para un camionero por un siniestro vial donde hubo cinco muertos

El juez que intervino en este debate también inhabilitó por diez años al transportista para manejar. En marzo de 2014, en el acceso a Tapalqué, sobre la Ruta Provincial 51 provocó el incidente de tránsito donde fallecieron una mujer, un hombre y tres menores de edad. Dos de las víctimas fatales viajaban en una camioneta Chevrolet S10. Las demás, en un automóvil Renault Clío. Si esta resolución queda firme en todos sus términos el encausado deberá ir a la cárcel.

Foto del avatar

Publicado

-

0

Exactamente cinco años después a que murieran un hombre, una mujer y tres menores de edad en un incidente de tránsito que se produjo sobre la Ruta Provincial 51, en uno de los accesos a Tapalqué, el conductor de un camión fue condenado.

En aquel siniestro vial, además del rodado de carga, los vehículos involucrados habían sido una camioneta y un auto en los que viajaban las víctimas fatales y más personas que resultaron con diferentes lesiones.

Luego de un juicio oral que se hizo en los Tribunales de Azul, el fallo se anunció el viernes pasado en el Juzgado Correccional número 2.

El encausado fue condenado a tres años y seis meses de prisión. También Héctor Torrens, el juez que intervino en el proceso, lo inhabilitó por el plazo de diez años para conducir “vehículos con motor”.

El transportista fue identificado como Aníbal Oscar Alberti, oriundo de Pehuajó, con actual domicilio en la localidad olavarriense de Loma Negra y de 47 años de edad.

El chofer del camión fue hallado autor del delito de homicidio culposo doblemente agravado por la pluralidad de víctimas mortales -cinco personas- y por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor.

“En lo que respecta al monto de la pena privativa de libertad que he seleccionado, el cual resulta algo superior al pedido por la representante del Ministerio Público Fiscal e inferior al requerido por el Particular Damnificado, entiendo que el mismo se ajusta a los parámetros evaluativos que fueron objeto de análisis y a la magnitud del injusto penal a título de culpa aquí juzgado”, escribió el magistrado en el fallo. Y también sostuvo: “La sanción efectiva no aparece como irrazonable ni desproporcionada ni cruel ni inhumana ni degradante ni basada en una injusta desproporción entre la conducta efectuada y la magnitud del reproche punitivo estatal al punto tal de contrariar los principios y garantías del Bloque Constitucional”.

“No existe razón suficiente, ni tampoco ha sido planteada en tal sentido por la Defensa, para que la selección de la pena se determine necesariamente desde el mínimo de la escala”, continuó señalando el titular del Juzgado Correccional 2. “Fundamentalmente, cuando la propia modalidad de comisión y la entidad del bien jurídico comprometido en la figura aquí juzgada determina una base situada en un punto algo más alto de la escala aplicable, valorando desde allí las dos agravantes y la única atenuante que oportunamente he destacado, sin que tal decisión afecte los derechos del acusado ni conforme una decisión injusta”.

Al respecto, como atenuante el juez tuvo en cuenta que el camionero no registra antecedentes penales.

En tanto, como agravantes para pronunciarse en favor de esa condena valoró “la condición de conductor profesional de camiones con carga general que el imputado Alberti investía al momento del hecho”.

“Es evidente que a un chofer especializado en vehículos de gran porte corresponde exigirle un mayor nivel de prudencia y precaución en la actividad conductiva, lo cual se corresponde con una preparación superior que se le ha impartido en relación con los demás conductores, motivando ello una autorización estatal más amplia para guiar unidades potencialmente más riesgosas”, explicó el magistrado correccional.

Con relación a la segunda de las agravantes, Torrens hizo mención a “la gran extensión del daño causado por su accionar, con pluralidad de víctimas mortales -cinco- y otras personas lesionadas”.

“Además -escribió el juez en el fallo con relación a la otra sanción que al transportista le impuso y le impide manejar por ese plazo ya referido de diez años-, la necesidad de evitar que protagonice en el futuro hechos como el presente también encuentra adecuada neutralización a través de la sanción de inhabilitación especial, cuyo monto decido aplicar en función de la magnitud de la imprudencia, desatención y falta de acatamiento a la normativa reguladora del tránsito en la vía pública, según lo demostrado en el juicio oral y público”.

Actualmente el hombre condenado se encuentra en libertad. Pero de quedar firme en todos sus términos este fallo de primera instancia deberá ir a la cárcel, teniendo en cuenta que la pena que le fue dictada es superior a los tres años de prisión.

Cinco muertes

Poco antes de la hora 16 del sábado 1 de marzo de 2014 se produjo el incidente de tránsito que derivó en la condena en este juicio para el transportista.

Sobre la Ruta Provincial 51, a unos cien metros del cruce con la prolongación de Alem, en uno de los ingresos a Tapalqué, Alberti venía conduciendo un camión Ford Cargo con acoplado.

El rodado de carga se trasladaba en sentido Tapalqué-Azul. Según las pericias lo determinaron y el juez Torrens lo señaló en el fallo, circulaba “a exceso de velocidad”.

“Esto es -aclaró el magistrado- superior a la permitida en ese tramo, que era de 60 km/h por ser un sector de acceso a la zona urbana de Tapalqué”.

La situación derivó aquel día en que una camioneta Chevrolet S10, ante el paso a excesiva velocidad del camión, “realizara una maniobra de zigzag en la banquina por la que circulaba en el mismo sentido” que lo hacía el rodado de carga, aunque eso no implicó que obstaculizara la marcha del Ford Cargo.

“Ante la visualización de ello y el exceso de velocidad en el que circulaba, Aníbal Oscar Alberti frenó abruptamente con bloqueo y realizó una maniobra de giro leve hacia la izquierda de la vía”.

Eso hizo que el chofer perdiera el control del manejo del camión y que invadiera el carril contrario de la ruta, mano por la que “se desplazaba normalmente” un automóvil Renault Clío.

Con el Clío se produjo la primera secuencia de aquel terrible siniestro vial, ya que el camión impactó contra el auto. Concretamente, “la zona frontal angular izquierda” del rodado de carga chocó con “la frontal angular izquierda” del vehículo de menor porte.

Tras ese primer impacto, el Ford Cargo efectuó un giro de 160 grados sobre la ruta, permaneciendo sobre la misma el acoplado” que en ese entonces remolcaba.

En esas circunstancias, contra el acoplado chocó una Chevrolet S10 en la que viajaban dos víctimas fatales más que tuvo este siniestro vial.

La camioneta “venía también circulando en sentido Azul-Tapalqué y se encontró frontalmente con el pecho del acoplado, que se interpuso en su marcha normal”.

Dos hermanas con sus respectivas hijas iban en el auto. En la camioneta, lo hacían su conductor, su hijo y otros chicos más.

Tres de las ocupantes del Clío murieron aquel día. Su conductora, identificada por la Policía como Carina Elizabeth Amores y de 35 años de edad; su hija, llamada Rebecca Lescano y en ese entonces de siete años -quien alcanzó a ser trasladada con vida al Hospital de Niños de Azul, donde después se produjo su deceso- y su sobrina: Emma Bertucci, de seis años.

La única sobreviviente de las ocupantes del Clío fue la hermana de la conductora y mamá de una de las nenas fallecidas. Una mujer que declaró en este debate (ver cuadro en Página 9) y se llama María Cecilia Amores.

En el incidente de tránsito había sufrido una lesión en el dedo pulgar de su mano izquierda y fracturas en sus costillas, “lesiones de carácter graves por inutilizarla laboralmente por un plazo mayor a un mes”, escribió el juez Torrens en el fallo.

También fallecieron aquel día por el choque con el camión dos de los ocupantes de la camioneta. Su conductor, un hombre que se llamaba Enrique Beltrán Blando y tenía 46 años de edad, y el menor Luciano Gosparini, de 13 años.

Tres chicos más que iban en la Chevrolet -entre ellos Federico Blando, el hijo del conductor- resultaron con diferentes lesiones por las que tuvieron que ser trasladados a un centro asistencial. A los demás, la Policía los identificó como Jeremias Preve y Joel Sierra. Todos, en ese entonces, de trece años de edad.

Aquel sábado, tanto las personas fallecidas como las heridas regresaban a Tapalqué desde Azul, después de que los menores varones habían venido a disputar un partido de fútbol, correspondiente a una fecha del torneo de divisiones inferiores organizado por la liga local.

Ese accionar “imprudente y violatorio” de las leyes de tránsito llevado a cabo por el conductor del camión se convirtió “en causal eficiente de producción del hecho en el cual perdieran la vida cinco personas: las niñas Emma Bertucci y Rebecca Lescano, el niño Luciano Gosparini y los adultos Carina Elizabeth Amores y Beltrán Enrique Blando. Por ende, el acusado es merecedor de reproche penal a título de culpa”, concluyó el juez Torrens en el fallo.

Click para comentar

Deja tu comentario

Las Flores
< Escuchar

Principio de incendio en la Cooperativa Agrícola Rauch

Foto del avatar

Publicado

-

Los Bomberos Voluntarios respondieron a un llamado urgente a las 11:40 horas debido a un principio de incendio en la Cooperativa Agrícola Rauch (ex Terranova). Afortunadamente, el incendio fue controlado rápidamente y no se reportaron daños mayores.

Una dotación se presentó en el lugar como medida preventiva para garantizar la seguridad de la zona.

Continuar Leyendo

Las Flores
< Escuchar

Detención y extradición: Avance en caso de abuso sexual contra una menor

Foto del avatar

Publicado

-

Personal policial de la Estación de Policía Comunal Las Flores, a cargo del Comisario Miguel Alfredo Paul, trabajando en concordancia con la Comisaria de la Mujer y la familia de nuestra ciudad y en combinación con la Policía de Corrientes, ciudad de Mercedes, tras investigación realizada lograron la detención y posterior extradición desde la provincia antes mencionada de una persona de sexo masculino sobre la que se había dictado tal orden de detención dispuesta por el titular del Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Azul, Dr. Juan José Suarez en el marco de la Investigación Penal N° 01-00-006976 ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA UNA MENOR DE EDAD, POR EL ENCARGADO DE LA GUARDA Y APROVECHANDO LA SITUACIÓN DE COVIVENCIA PREEXISTENTE- LAS FLORES. 

El imputado se encuentra a disposición del magistrado interviniente y alojado momentáneamente en los calabozos existentes en la Estación de Policía comunal de nuestra ciudad a la espera de ser remitido a una Unidad Penitenciaria.

Continuar Leyendo

Las Flores
< Escuchar

Sub DDI y Policía Vial secuestran un auto que había sido robado en Gran Buenos Aires

Fue en Ruta 3 en el marco de prevención y represión de los delitos contra la propiedad automotor y ciclomotor en todas sus gamas.

Foto del avatar

Publicado

-

La Subdelegación Departamental de Investigaciones en función Judicial Las Flores informa que en horas de la tarde personal de dicha dependencia , contando con la colaboración de personal de Destacamento de Seguridad Vial Las Flores, cumplimentando distintas tareas investigativas y operativo dispuesto por la superioridad, en el marco de prevención y represión de los delitos contra la Propiedad Automotor y ciclomotor en todas sus gamas, se procedió a realizar interceptación selectiva sobre Ruta Nacional 3 de vehículos.

Ante esto, se efectivizo el secuestro de un vehículo marca Peugeot modelo 208 dominio AA115AP, el cual había sido robado el día 02 de Marzo del corriente año  en la localidad de Ciudad Evita, partido de Matanza.

Dicho rodado era conducido por un masculino el cual era acompañado por otrapersona del mismo sexo, poseyendo toda la documentación con la que circulaba apócrifa, al igual que los dominios que poseía colocado el rodado, corroboradas las numeraciones registrales de motor y chasis se determinó que el  automotor poseía pedido de secuestro activo en hecho caratulado “ROBO AGRAVADO AUTOMOTOR”.

Ante lo narrado se iniciaron actuaciones penales por infracción a los artículos 277 inciso 1 y artículos 292 y 296 del Código Penal, con intervención de la Ayudantía Fiscal Local. Como así también en poder del conductor del Rodado se halló Marihuana por lo que también se labraron actuaciones en el marco de la Ley 23.737 con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción Nro. 22 de Azul.   Para con el conductor del rodado se cumplimentaron recaudos legales de Rigor.- 

FDO. SALVADOR IGNACIO HERLEIN – COMISARIO – JEFE SUBDDI LAS FLORES.

Continuar Leyendo

tendencia

Noticias Las Flores: Inscripto en la Dirección Nacional del Derecho de Autor - Expediente Nº 5182965 Director propietario: Barlatay Juan Maria Domicilio Legal: Av. Brasil 646 - Capital Federal - 1154 - Buenos Aires - Argentina - Tel: 02244 - 453804 Email: [email protected] Fundación: 11 de Septiembre 2010 - Año: XII Copyright © 2010-2022 Noticias Las Flores.