Capital Federal
La Justicia suspendió el decreto que disuelve Vialidad Nacional
La jueza federal Martina Isabel Forns hizo lugar a una cautelar. Por seis meses el Gobierno no podrá pasar a disponibilidad personal, ni suprimir estructuras.

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El Gobierno de Javier Milei recibió un duro freno luego que la Justicia frenara la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), más conocida como Vialidad Nacional. El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2, a cargo de la jueza Martina Isabel Forns, hizo lugar a la cautelar presentada por el sindicato y detuvo por seis meses el plan de reestructuración de la administración libertaria.
El nuevo revés contra la motosierra de La Libertad Avanza (LLA) fue consecuencia de la aceptación que la Justicia le dio a una medida cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (Sevina), luego de que se decretara el desguace de esa área y su partición en distintas áreas del Estado. “Considero que se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para la procedencia de la medida de no innovar peticionada”, remarcó Forns.
Así, el Decreto 461/2025, que estipulaba reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras en Vialidad Nacional queda suspendido por el plazo de seis meses.

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De esta manera, la dirección encargada de planificar y ejecutar obras viales debería seguir existiendo como tal, hasta tanto un juzgado resuelva la cuestión de fondo, que es la legalidad del cierre orquestado por el Ministerio de Desregulación encabezado por Federico Sturzenegger.
“La Constitución Nacional, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con jerarquía constitucional, impiden al Estado en su rol concurrente de empleador y regulador alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”, añadió la magistrada en una mención al principio de irrenunciabilidad de derechos de los empleados.
Por otro lado, apuntó contra el artículo 32 del Decreto 461/2025 en el que dispone que la estabilidad del personal tiene una fecha de vencimiento. “Se vulneran las normas y garantías laborales vigentes”, destacó Forns. (DIB)

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