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La Anmat aprobó la vacuna de Pfizer para niños de entre 5 y 11 años

Capital Federal
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La Anmat aprobó la vacuna de Pfizer para niños de entre 5 y 11 años

En una resolución publicada por el organismo el pasado 13 de enero, se autorizó el uso de la vacuna «Comirnaty/Vacuna BNT162b2» de «nueva concentración y fórmula, contenido por envase primario y envase secundario, período de vida útil y forma de conservación, para la indicación de franja etaria de niños entre 5 a 11 años de edad».

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) aprobó la vacuna contra el coronavirus del laboratorio Pfizer para su aplicación en niños de entre 5 y 11 años, informó este jueves la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y precisó que es probable que en los próximos días haya novedades sobre su distribución.

Asimismo, la disposición cuyo número de referencia es 1-47-2002-000812-21-2, sostiene que se aceptan «los textos de rótulo, prospectos e información para el paciente», presentados por la empresa para pedir la autorización del medicamento.

Por su parte, la titular de la cartera sanitaria en una entrevista a La Nación+ explicó que la vacuna de «Pfizer se aprobó en la Argentina para 5 y 11 años en función de cuando la empresa presentó la ampliación de la información, que fue la semana pasada», y explicó que estos documentos constan de resultados de ensayos y pruebas.

«Seguro en estos días tendremos novedades para compartir de Pfizer«, agregó la ministra, y remarcó que tras la presentación de toda la información requerida por la Anmat, el organismo analizó la misma y procedió a su aprobación.

Actualmente, los niños de entre 3 y 11 años que concurren a los centros de vacunación de nuestro país reciben la inoculación con la vacuna Sinopharm, iniciativa que fue anunciada por el Gobierno el 1 de octubre de 2021.

La importancia de la vacunación en los niños

La jefa del servicio de Epidemiología del Hospital Gutiérrez, Ángela Gentile, consideró -en diálogo con Télam- que “es una muy buena noticia porque lo más importante es contar con muchas vacunas para poder administrar en pediatría”.

“Es clave la vacunación en los chicos, primero porque el riesgo no es cero como ya lo sabemos perfectamente bien, especialmente cuando tienen comorbilidades, pero incluso en chicos sanos inmunocompetentes hay cuadros clínicos de riesgo, síndrome inflamatorio multisistémico”, explicó.

«Seguro en estos días tendremos novedades para compartir de Pfizer».

Carla Vizzotti

La infectóloga señaló que “a medida que tengamos una explosión de casos como en este momento con Ómicron, corren el riesgo de que puedan aparecer más casos en internación”.

El jefe del Departamento de Medicina del Hospital Ricardo Gutiérrez y asesor del Gobierno, Eduardo López, explicó a esta agencia que en los adultos se aplican “30 microgramos y en los chicos 10” y resaltó que hay “trabajos publicados” que muestran “una eficacia del 90% para prevenir la enfermedad”.

“Es una vacuna cuyos efectos adversos son muy pocos, muy raros y con muy buena evolución”, sostuvo, y destacó que “tenemos una herramienta más para poder utilizar en pediatría”.

Por su parte, el Gobierno nacional ratificó este jueves que su “prioridad es que niños, niñas y jóvenes en edad escolar tengan el esquema completo para cuando empiecen las clases”, en referencia a la vacunación contra el coronavirus, para que “eso permita tener un ciclo lectivo fructífero”, y con ese objetivo el Ejecutivo pone a disposición de las jurisdicciones una serie de herramientas para facilitar el regreso a las aulas.

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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico

Es una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, tomada luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos. Empezará a correr dentro de 90 días.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial una resolución que afecta el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas este servicio ni el de auxilio mecánico a los usuarios.

De esa forma, se determinó que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.

La Resolución SSN 217/2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar la póliza.

Es para proteger al ciudadano:

La SSN tomó esta decisión luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.

En un comunicado en su web, la Superintendencia afirmó que “busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.

“De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, cierra la SSN.

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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles

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El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.

Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.

El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.

Líneas de crédito y detalles

Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.   

Compra de primera o segunda vivienda

  • El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
  • Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Construcción de vivienda

  • El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
  • Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Terminación de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Ampliación o refacción de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
  • El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO

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