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En el 2018 vuelven los “feriados puente” al país

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En el 2018 vuelven los “feriados puente” al país

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La Cámara de Senadores aprobó por amplia mayoría la ley que faculta al Poder Ejecutivo a proponer hasta tres feriados puente anuales, una herramienta que había sido eliminada a principio de año por un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

La iniciativa fue sancionada por 59 votos a favor, ninguno en contra y una abstención del peronista santafesino Omar Perotti, sin que fuera debatida en el recinto de sesiones. además, la Cámara debió habilitar sobre tablas el tratamiento del tema, ya que no tenía dictamen de la comisión de Legislación General.

El proyecto establece que el Poder Ejecutivo “podrá fijar anualmente hasta tres feriados o días no laborables” puente utilizando, por ejemplo, los lunes o los viernes cuando haya feriados inamovibles que caigan en martes o jueves, respectivamente.

El gobierno tendrá que anunciar los feriados puente del año siguiente hasta cincuenta días antes de que termina el año en curso. En el caso de 2018, los feriados puente deberían ser anunciados en noviembre próximo.

Los feriados puente fueron establecidos por ley durante el kirchnerismo, pero el Gobierno los eliminó con el argumento de que afectaban el cumplimiento del calendario escolar y que entorpecían la competitividad del sector productivo. Este decreto fue rechazado en marzo pasado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, pero la orden del día nunca llegó a ninguno de los dos recintos del Congreso. El Ejecutivo debió cambiar de rumbo ante la evidencia de que la oposición tenía la mayoría necesaria para aprobar el proyecto en Diputados sin necesidad de recurrir a los votos de Cambiemos.

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Capital Federal
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El Banco Central puso en circulación los billetes de $10.000

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) puso este martes en circulación el nuevo billete de $10.000, que será distribuido progresivamente a través de la red de sucursales bancarias y cajeros automáticos de todo el país.

El billete tiene las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle, heroína de la Guerra de la Independencia, en el anverso; y la recreación artística de la escena de la Jura de la Bandera realizada el 27 de febrero de 1812, en el reverso. La imagen de Belgrano es de un retrato atribuido al artista francés François Casimir Carbonnier, mientras que la representación de la heroína pertenece a la obra La Capitana, realizada por la artista argentina Gisela Banzer.

Se trata del primero de los dos billetes que la administración de Javier Milei lanzará con nuevos montos, ambos anunciados meses atrás: en el último trimestre del año también entrará en circulación el papel de $ 20.000. Este, tendrá la imagen de Juan Bautista Alberdi.

Según explicó el BCRA, este desembargo facilitará las transacciones entre los usuarios, hará más eficiente y menos costosa la logística del sistema financiero y permitirá reducir significativamente los costos de adquisición de los billetes terminados.

Medidas de seguridad de los billetes de $10.000

Marca de agua: al trasluz se perciben los retratos de María Remedios del Valle y Manuel Belgrano, y las iniciales de sus nombres en tono claro.

Hilo de seguridad aventanillado: hilo rojo que se revela en tres “ventanas” y tiene un efecto dinámico al mover el billete. Al trasluz se ve como una banda continua con la sigla BCRA.

Tinta de variabilidad óptica: cambia del dorado al verde al inclinar el billete, con un efecto dinámico tridimensional.

Imagen latente: cuando se mira el billete con luz rasante se ven las iniciales “RA” y se completa el motivo de complementación frente-dorso, al aparecer el valor “10.000”.

Identificación para personas con ceguera: en los bordes verticales se percibe al tacto el relieve del lineado de las barras paralelas. (DIB)

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Capital Federal
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Las Jubilaciones y Pensiones tendrán en mayo un nuevo aumento del 11 por ciento

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ANSES informa que las jubilaciones y pensiones recibirán un nuevo incremento en mayo del 11,01 por ciento, en concepto de adelanto de la nueva fórmula de movilidad de junio, que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Además, los titulares de jubilaciones y pensiones mínimas cobrarán un bono de 70 mil pesos, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de 260.141,60 pesos (190.141,60 pesos de haber con aumento + 70 mil pesos de bono, con el calendario de pagos habitual). En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.

Asimismo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a 222.113,28 pesos (152.113,28 pesos más el bono de 70 mil pesos), y las Pensiones No Contributivas por Invalidez y Vejez serán de 203.099,12 pesos (133.099,12 pesos más el bono de 70 mil pesos).

Se recuerda que el Gobierno nacional dispuso, a través del Decreto 274/2024, la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que, desde julio, se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del IPC de dos meses atrás. Es decir, en julio los haberes tomarán como base el índice de mayo; en agosto, el de junio; y así sucesivamente.

En ningún caso su aplicación podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados: si en junio el aumento otorgado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado desde abril por aplicación de la nueva fórmula de movilidad, ANSES abonará la diferencia correspondiente.

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¿Qué documentación se solicitará para la circulación de vehículos en el territorio nacional?

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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) recuerda que se mantienen los requerimientos de la Ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional. Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024.

De esta manera, durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la Ley vigente a la fecha.

La documentación y elementos necesarios para circular son:

-Documento Nacional de Identidad (DNI).

-Licencia Nacional de Conducir.

-Cédula verde y/o azul.

-Comprobante de seguro vigente.

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).

-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

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