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El Juzgado de Faltas Municipal asume protagonismo en la Defensa al Consumidor

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En consecuencia con la mejora de la calidad institucional que se persigue desde la gestión del Intendente Gelené, el Concejo Deliberante aprobó una nueva norma legislativa mediante la cual la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) llevará adelante la etapa de instrucción y conciliación (en denuncias de los consumidores) mientras que la etapa resolutiva y aplicación de sanciones será efectuada por el Juzgado de Faltas Municipal.

Según lo expuesto desde la OMIC, hasta hace un tiempo no había necesidad de crear un órgano encargado de llevar adelante la etapa resolutiva y de aplicación de sanciones, pues “se arribaba satisfactoriamente para el reclamante en más del 90% de los conflictos planteados, pero debido al crecimiento de los reclamos, hoy se hace imprescindible crear la etapa resolutiva llevándola adelante el Juzgado de Faltas”.

Haciendo un poco de historia legislativa a partir de la sanción de la Ley provincial 13.133, los municipios fueron investidos de facultades para la aplicación de las leyes de defensa al consumidor, defensa de la competencia y lealtad comercial.

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A consecuencia de ese proceso la OMIC local, procedía no sólo a informar y tomar denuncia a los consumidores afectados sino que, además, debía realizar todo el procedimiento hasta llegar a una conciliación entre las partes o aplicar las sanciones correspondientes a los denunciados.

A partir de la aprobación de la presente ordenanza por el Concejo Deliberante (aún falta la reglamentación por parte del Ejecutivo) el trámite quedará segmentado en las dos dependencias municipales: la OMIC y el Juzgado de Faltas.

En cuanto a los fondos provenientes de las sanciones que serán aplicadas, el 80% quedará en poder de los municipios que serán destinados a solventar los gastos que demande el cumplimiento de la norma, mientras que el restante 20% será girado a la Provincia.

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