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El Congreso convirtió en ley el delito de «GROOMING»

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El Congreso convirtió en ley el delito de «GROOMING»

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La Ley, impulsada desde la ONG Argentina Cibersegura y diferentes organizaciones a partir de una fuerte campaña de recolección de firmas, queda incorporada a nuestro Código Penal.

Este miércoles el Senado de la Nación Argentina ha aprobado la Ley de Grooming. El tratamiento del proyecto fue promovido por Argentina Cibersegura, organización sin fines de lucro fundada por ESET Latinoamérica, junto a organizaciones, empresas y el apoyo de toda la comunidad a través de una campaña nacional de concientización y recolección de firmas.

El proyecto de ley ya había sido tratado y aprobado en octubre 2011 por la Cámara de Senadores pero el texto del mismo se vio modificado por la Cámara de Diputados. Finalmente, luego de la revisión del proyecto por la Cámara Alta, quedó aprobado el texto original de la Ley que incorpora al Código Penal la figura del ciberhostigamiento.

De este modo, la penalización incluye prisión de seis meses a 4 años el que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, o cualquier tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

“Siempre entendimos que debía haber una Ley de Grooming pero nos apena mucho que todo el trabajo en conjunto con Diputados de distintos partidos políticos y otras organizaciones civiles no haya traído sus frutos en la aprobación dada por la Cámara Alta en el día de hoy. Seguiremos trabajando y apoyando los debates con el ánimo de seguir construyendo un entorno más seguro en Internet”, comentó Sebastián Bortnik, Presidente de Argentina Cibersegura y Gerente de Educación y Servicios de ESET Latinoamérica. “Queremos igualmente agradecer a cada persona que firmó el petitorio, a cada periodista que difundió nuestra campaña de recolección de firmas y a todos los Diputado y asociaciones que participaron en el debate para mejorar el proyecto de Ley. Seguiremos trabajando con el mismo objetivo de siempre y abiertos al debate”, concluyó Bortnik.

El Grooming o ciberhostigamiento consiste en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño e influirlo para que realice acciones de índole sexual.

Según los datos arrojados por una encuesta realizada por el equipo de investigación de ESET Latinoamérica, para el 68,3% de los adultos consultados, elGrooming es una amenaza muy frecuente. A su vez, el 26,3% confirmó conocer un niño que ha sido víctima de Grooming.

Finalmente, si desea conocer más acerca de la ONG Argentina Cibersegura y sus iniciativas, ingrese a http://www.argentinacibersegura.org

Sobre Argentina Cibersegura

Argentina Cibersegura es una organización sin fines de lucro que trabaja para crear un espacio digital seguro a través de actividades de concientización y educación destinadas a distintos públicos de interés. Es una iniciativa de ESET Latinoamérica la cual nació como una adaptación de Securing Our eCity, el modelo de ciudad cibersegura desarrollado por ESET en Norteamérica.

Teniendo en cuenta que uno de los puntos centrales de la propuesta de Argentina Cibersegura es que la seguridad no es un tema de un sólo sector ni es exclusivo de la tecnología, sino que es transversal a varias disciplinas, es que se han reunido profesionales de diferentes áreas de la seguridad de la información, desde la tecnología, la gestión, las leyes y hasta la seguridad física con el fin de colaborar con el proyecto.

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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico

Es una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, tomada luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos. Empezará a correr dentro de 90 días.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial una resolución que afecta el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas este servicio ni el de auxilio mecánico a los usuarios.

De esa forma, se determinó que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.

La Resolución SSN 217/2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar la póliza.

Es para proteger al ciudadano:

La SSN tomó esta decisión luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.

En un comunicado en su web, la Superintendencia afirmó que “busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.

“De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, cierra la SSN.

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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles

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El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.

Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.

El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.

Líneas de crédito y detalles

Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.   

Compra de primera o segunda vivienda

  • El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
  • Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Construcción de vivienda

  • El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
  • Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Terminación de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Ampliación o refacción de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
  • El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO

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