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Precios Cuidados 2017: el Gobierno publicó la nueva lista que regirá hasta el 6 de mayo

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Precios Cuidados 2017: el Gobierno publicó la nueva lista que regirá hasta el 6 de mayo

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El Gobierno publicó la lista de los 545 productos incorporados en el programa, que entrará en vigencia a partir de este sábado y que se extenderá hasta el 6 de mayo.

El Gobierno publicó el nuevo listado de Precios Cuidados, que entrará en vigencia este sábado y que incluye 545 artículos, con un aumento promedio del 3%. En esta nueva etapa que durará cuatro meses hasta el 6 de mayo, se sumaron 12 productos adicionales y se renovaron unos 72, muchos de ellos de empresas pyme.

Entre las novedades, figuran los protectores solares, repelentes en crema, aerosol, pañales de todos los talles, sales sin sodio y nuevas marcas de harina de trigo. La nómina completa puede verse en la página precioscuidados.gob.ar, desde donde es posible descargar la lista por región.

La página detalla también los supermercados adheridos a este acuerdo, que es de carácter voluntario, y el teléfono 0800-666.1518 donde se pueden hacer denuncias sobre productos faltantes.

Los 545 productos incorporados al acuerdo, con la variación de precios según la región:

Para ver la lista, ingrese aqui.

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Capital Federal
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Se eliminará el 40% de los Registros del Automotor en todo el país

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De acuerdo al resultado de la primera etapa de la auditoría llevada a cabo en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), y con el objetivo de reducir costos y eliminar trámites burocráticos, se ejecutarán las siguientes medidas:

Se cerrará el 40% de los Registros Automotores, comenzando por aquellos que llevan intervenidos más de 2 años, y luego se procederá con el cierre de los restantes intervenidos.

Se reducirá el 30% del personal de la Dirección de Registros Automotor, en el marco de un plan de retiros voluntarios y jubilaciones anticipadas.

Se eliminó el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) que obligaba al ciudadano a reportar la venta de su vehículo a la AFIP.

Se eliminará la «cédula azul»: A partir de mayo, cualquier persona podrá circular dentro del territorio de la República Argentina con la sola exhibición -física o digital- de la cédula verde del titular del automóvil.

Se eliminará el vencimiento de todas las «cédulas verdes».

Los titulares de los registros seccionales se harán cargo del 100% de sus costos operativos, adecuando su ingreso a la tarea efectivamente desempeñada y su productividad. El Ministerio de Justicia podrá controlar, en todo momento, la estructura de costos de los Encargados de Registros.

Se digitalizarán la totalidad de los legajos de los vehículos, en todos sus tipos, para constituir un registro digital único y completo, permitiendo la eliminación de los legajos físicos.

Se propondrá a las Provincias la adhesión al convenio de baja de impuestos de sellos y patentes provinciales, para reducir el costo de las operaciones registrales, que asciende hasta el 70% del costo total de una transferencia.

Se implementará un Régimen de Concursos transparentes para impedir la contratación de personas que hayan tenido cargos políticos durante los últimos 10 años, sus familiares y aquellas personas que no acrediten los requisitos de idoneidad y experiencia en la actividad privada para cumplir tal función.

Se auditará el sistema de fiscalización de los registros seccionales por la Subsecretaría de Asuntos Registrales.

Se deroga el régimen que impone el monopolio de la Casa de la Moneda en la compra de insumos. Ello permitirá la libre competencia de oferentes, lo que se traducirá en una mejora de precios.

Se digitalizará la verificación policial de vehículos, en una agenda conjunta con las autoridades provinciales y las fuerzas federales.

Se aumentará significativamente el importe que obliga al ciudadano a informar al Estado el origen de los fondos para adquirir un vehículo.

A partir de este momento, se inicia la segunda etapa de la auditoría, que tendrá por objetivo revisar el contrato general de administración de los Registros Automotor, acelerar la digitalización y transformación del proceso, y bajar fuertemente los costos de transferencias y/o patentamientos.

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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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Las Flores
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Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico

Es una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, tomada luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos. Empezará a correr dentro de 90 días.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial una resolución que afecta el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas este servicio ni el de auxilio mecánico a los usuarios.

De esa forma, se determinó que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.

La Resolución SSN 217/2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar la póliza.

Es para proteger al ciudadano:

La SSN tomó esta decisión luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.

En un comunicado en su web, la Superintendencia afirmó que “busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.

“De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, cierra la SSN.

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