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Los combustibles podrían aumentar hasta 18% a partir del lunes

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Los combustibles podrían aumentar hasta 18% a partir del lunes

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El precio de los combustibles líquidos podría aumentar un 18% en promedio a raíz de una  actualización de la carga impositiva prevista y que el gobierno hasta ahora había pospuesto, medida que no está claro aún si volverá a aplicar o no.

En el decreto 375/24, el Ejecutivo había postergado hasta el 1 de junio el esquema de actualización del impuesto a los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, cronograma que se había establecido para salir de una postergación anterior, ordenada por Sergio Massa cuando era ministro de Economía del gobierno de Alberto Fernández.

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Pero desde julio, la normativa vigente prevé que se actualice por inflación acumulada en el último trimestre de 2023 y primero de 2025 la inflación acumulada, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec.

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En concreto, implica un incremento del 115% en el tributo, que impactaría en un 18% de suba del precio en el surtidor en promedio, es decir de acuerdo a un cálculo para la ciudad de Buenos Aires. Allí, el precio de nafta súper se iría a $1068. En el interior bonaerense, el porcentaje de incremento y el precio de base suele ser más elevado.

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La previa postergación de los incrementos se había justificado en el impacto que tendría un aumento de los combustibles en la inflación. La situación se mantiene ahora: después de encadenar un semestre a la baja tras el estallido inicial que llevó el IPC al 25% en diciembre enfrenta la posibilidad de un amesetamiento o un leve rebote, que se potenciaría por el aumento del combustible.

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Por eso, el gobierno enfrenta la disyuntiva de permitir la normalización del funcionamiento del sector o buscar frenar un aumento de componente inflacionario.

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De acuerdo a un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), de darse esta actualización en julio, solo quedaría un incremento de $40 para terminar de recuperar el valor real del tributo según la ley 23.966.

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Una vez alcanzada la recuperación de lo que había dejado de aumentarse por la suspensión de los incrementos, de acuerdo a la ley 23.966, este tributo coparticipable de monto fijo se actualizará trimestralmente en enero, abril, julio y octubre de cada año de acuerdo a la inflación correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe. (DIB)

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