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«El Hospital está en condición de brindar atención integral a las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo»

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«El Hospital está en condición de brindar atención integral a las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo»

En una resolución firmada por el ministro de Salud bonaerense Daniel Gollán y la ministra de Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, Estela Díaz, se aprobó la aplicación del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, previsto en la Constitución desde 1886.

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El protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) ya es un hecho en la provincia de Buenos Aires. Este jueves por la mañana, en el Boletín Oficial de la provincia, salió la resolución oficial firmada por los ministros de Salud, Daniel Gollán, y de Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, Estela Díaz, que autoriza para su aplicación el «Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo».

Adrián Sandoval, Director Asociado del nosocomio local, en diálogo con Noticias Las Flores dijo que «fuimos notificados formalmente desde la Dirección Provincial de Hospitales y se nos envío el protocolo», al mismo tiempo que confirmó que «el Hospital de Las Flores está en condición de brindar atención integral a las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo».

En el artículo 3 de la resolución, ordenan «garantizar en los distintos niveles de atención la implementación y práctica del Protocolo aprobado en el artículo 1° de la presente, coordinando tal tarea con los gobiernos municipales, el Instituto de Obra Médico Asistencial, las obras sociales, el subsector privado, asociaciones de profesionales y organizaciones sociales».

El protocolo, que ya había sido rubricado por ambos ministros en un acto en el Ministerio de Salud, ofrece una guía a los equipos de salud para que cumplan con su responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino vigente.

El Código Penal de la Nación de 1921 y el Código Civil y Comercial de la Nación reformado en el año 2015 contemplan la posibilidad de aborto por causales, así como también lo hace el Fallo F.A.L de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2012, que orienta el accionar de los equipos de salud y establece estándares para el acceso a la interrupción del embarazo.

El protocolo prevé que las personas que lo necesiten puedan acceder a la ILE sólo solicitándola, dando consentimiento informado y firmando una declaración jurada que indica que el caso está contemplado por las causales que estipula la ley. Ahora, con la publicación oficial en el Boletín, el protocolo queda vigente y deberá funcionar en todos los hospitales bonaerenses. 

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Gracias: Por la empatía, solidaridad y respeto

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Queremos expresar nuestra más profunda gratitud a todo el equipo de Farmacia Nieto-Paculnis, y especialmente a Florencia Giacoia, por su inquebrantable empatía, solidaridad y respeto durante el último año.

Desde que nuestra familia enfrentó una situación difícil debido a la enfermedad de nuestros padres, Horacio Barlatay y María Cristina Constantin, Florencia ha sido un pilar fundamental en nuestro camino. Su amabilidad y disposición para ayudarnos en cada paso del proceso, incluso fuera del horario laboral, han sido verdaderamente conmovedoras. Nos ha acompañado con compasión y profesionalismo, brindándonos un apoyo invaluable en momentos de necesidad.

En un período de incertidumbre y desafíos médicos constantes, la atención y el compromiso de Florencia y todo el personal de Farmacia Nieto-Paculnis han hecho que nuestro viaje sea más llevadero. Su dedicación y generosidad van más allá de lo esperado, y estamos eternamente agradecidos por su incansable apoyo.

En momentos como estos, nos damos cuenta del valor de encontrar personas tan excepcionales como ustedes. ¡Muchas gracias por todo!. Familia Barlatay-Constantin

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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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Así es el nuevo sector de Kinesiología y Terapia Ocupacional en el Hospital

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Luego de un gran trabajo de refuncionalización que incluyó reformas y mejoras edilicias, el Hospital cuenta con un nuevo sector que incorpora espacios específicos para los Servicios de Kinesiología, Rehabilitación y Terapia Ocupacional.

Noticia relacionada: Nuevos espacios para la salud y la inclusión en el Hospital

El personal de mantenimiento de la institución realizó las tareas de base, a las que les puso el broche final un grupo de 90 personas de la Asociación Civil Río Colorado de C.A.B.A. que este último fin de semana desplegó toda su actividad en un marco de solidaridad y camaradería.

En el espacio perteneciente al antiguo Hogar de Ancianos, ahora funcionan la recepción del área mencionada, consultorios, una sala sensorial, una Plaza sensorial y una huerta para los Adultos Mayores.

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