Connect with us
Noticias Las Flores

Noticias Las Flores

Arrancó la veda electoral: ¿qué significa?

Escuchar Stop

Arrancó la veda electoral: ¿qué significa?

Foto del avatar

Publicado

-

0

Habiendo cerrado legalmente la campaña para las elecciones del domingo, cuáles son las prohibiciones, qué se puede y no se puede decir y hacer antes del sufragio.

Ya se vieron, a través de los medios de comunicación, los cierres de campaña de todos los candidatos a ocupar la Presidencia de la Nación que competirán el domingo en las elecciones generales. Según estipula la ley, la campaña electoral «se inicia treinta y cinco (35) días antes de la fecha del comicio» y «finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio del comicio». Es decir, la veda comenzó hoy a las ocho de la mañana.

El Código Nacional Electoral, regido por la ley 19.945 estipula que la campaña es, específicamente, «el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática».

Dos días antes de los comicios «queda absolutamente prohibido realizar campañas electorales fuera del tiempo establecido por el presente artículo», explica el texto de la normativa.

En relación directa con los medios de comunicación, el Código explica que queda «prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del sufragio para candidatos a cargos públicos electivos antes de los veinticinco (25) días previos a la fecha fijada para el comicio».

En el apartado «Delitos electorales», el Código hace referencia a las conductas de la sociedad previas al comicio y que no refieren explícitamente a la campaña o a actos proselitistas.

Bebidas alcohólicas: «Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario».

Juegos de azar: «Se impondrá prisión de seis meses a dos años a las personas que integren comisiones directivas de clubes o asociaciones, o desempeñen cargos en comités o centros partidarios, que organicen o autoricen durante las horas fijadas para la realización del acto comicial el funcionamiento de juegos de azar dentro de los respectivos locales. Con igual pena se sancionará al empresario de dichos juegos.»

Espectáculos públicos – Actos deportivos: «Se impondrá prisión de quince días a seis meses al empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen durante el lapso previsto en el artículo 71, inciso b).»

Penas

En caso de violarse las disposiciones de la ley, el texto estipula castigos para cada tipo de acto prohibido.

a) El partido político que incumpliera los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en televisión, radio y medios gráficos, perderá el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual, por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años y los fondos para el financiamiento de campaña por una (1) a dos (2) elecciones.

b) La persona física o jurídica que incumpliera los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en televisión, radio y medios gráficos será pasible de una multa de entre diez mil ($ 10. 000) y cien mil pesos ($ 100.000).

c) La persona física o jurídica que explote un medio de comunicación y que violare la prohibición establecida en el artículo 64 ter de la presente ley será pasible de la siguiente sanción: 1. Multa equivalente al valor total de los segundos de publicidad de uno (1) hasta cuatro (4) días, conforme a la facturación de dicho medio en el mes anterior a aquél en que se produzca la infracción, si se trata de un medio televisivo o radial. 2. Multa equivalente al valor total de los centímetros de publicidad de uno (1) hasta cuatro (4) días, conforme a la facturación de dicho medio en el mes anterior a aquél en que se produzca la infracción, si se trata de un medio gráfico.

La agrupación política, que realice actividades entendidas como actos de campaña electoral fuera del plazo establecido en el Artículo 64 bis del presente Código, será sancionada con la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual, por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años y los fondos para el financiamiento de campaña por una (1) a dos (2) elecciones. La persona física que realizare actividades entendidas como actos de campaña electoral fuera del período establecido por el presente Código, será pasible de una multa de entre diez mil (10.000) y cien mil (100.000) módulos electorales, de acuerdo al valor establecido anualmente en el Presupuesto General de la Administración Nacional.

Click para comentar

Deja tu comentario

Capital Federal
< Escuchar

Ya no se necesita cédula azul y la cédula verde deja de tener vencimiento

Foto del avatar

Publicado

-

El Gobierno oficializó la derogación de la cédula azul, que hasta hoy era condición obligatoria para conducir un vehículo ajeno, por entender que ese instrumento “carece de sustento y aplicación prácticos”, al tiempo que también formalizó cambios para la cédula verde, que ya no tendrá fecha de vencimiento.

La decisión fue expuesta este lunes a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial.

Cabe señalar que además, como se había advertido, se elimina al 40% de los registros de propiedad del automotor, lo que generó un fuerte malestar entre los trabajadores de esa dependencia, quienes quedaron sujetos a un plan de retiros voluntarios y jubilaciones anticipadas.

Hasta ahora, la cédula azul servía para que el dueño de un vehículo autorizara a una tercero a manejarlo sin su presencia. Según el texto oficial, “establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023N° el no vencimiento de las cédulas de identificación, la existencia de la cédula de identificación para autorizado a conducir carece de sustento y de aplicación práctica, razón por la cual deviene pertinente proceder a la derogación”.

En tanto, de acuerdo a lo que se expone oficialmente, el Registro expedirá la cédula verde en dos formatos: digital y físico. El físico quedará a disposición dentro del legajo del dominio para su retiro por parte del peticionario que así lo requiriera, mientras que la cédula en formato digital será puesta a disposición del titular registral de manera automática a través de su perfil digital del ciudadano en la aplicación “Mi Argentina”.

También dispuso que la expedición de duplicado de la cédula de identificación del Automotor o sus adicionales podrán ser peticionadas y expedidas en forma completamente electrónica.

Al igual que los originales, los duplicados de cédula se extenderán sin vencimiento, excepto cuando normas vigentes fijen un plazo determinado. En este caso, la fecha de vencimiento será la oportunamente consignada en la cédula original.

En tanto, se aclaró que las cédulas verdes que fueron emitidas antes de esta medida y que contienen una fecha de vencimiento impresa tampoco caducan. También seguirán estando vigentes las cédulas azules emitidas, hasta que sean revocadas quien la pidió.

Continuar Leyendo

Capital Federal
< Escuchar

El Banco Central puso en circulación los billetes de $10.000

Foto del avatar

Publicado

-

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) puso este martes en circulación el nuevo billete de $10.000, que será distribuido progresivamente a través de la red de sucursales bancarias y cajeros automáticos de todo el país.

El billete tiene las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle, heroína de la Guerra de la Independencia, en el anverso; y la recreación artística de la escena de la Jura de la Bandera realizada el 27 de febrero de 1812, en el reverso. La imagen de Belgrano es de un retrato atribuido al artista francés François Casimir Carbonnier, mientras que la representación de la heroína pertenece a la obra La Capitana, realizada por la artista argentina Gisela Banzer.

Se trata del primero de los dos billetes que la administración de Javier Milei lanzará con nuevos montos, ambos anunciados meses atrás: en el último trimestre del año también entrará en circulación el papel de $ 20.000. Este, tendrá la imagen de Juan Bautista Alberdi.

Según explicó el BCRA, este desembargo facilitará las transacciones entre los usuarios, hará más eficiente y menos costosa la logística del sistema financiero y permitirá reducir significativamente los costos de adquisición de los billetes terminados.

Medidas de seguridad de los billetes de $10.000

Marca de agua: al trasluz se perciben los retratos de María Remedios del Valle y Manuel Belgrano, y las iniciales de sus nombres en tono claro.

Hilo de seguridad aventanillado: hilo rojo que se revela en tres “ventanas” y tiene un efecto dinámico al mover el billete. Al trasluz se ve como una banda continua con la sigla BCRA.

Tinta de variabilidad óptica: cambia del dorado al verde al inclinar el billete, con un efecto dinámico tridimensional.

Imagen latente: cuando se mira el billete con luz rasante se ven las iniciales “RA” y se completa el motivo de complementación frente-dorso, al aparecer el valor “10.000”.

Identificación para personas con ceguera: en los bordes verticales se percibe al tacto el relieve del lineado de las barras paralelas. (DIB)

Continuar Leyendo

Capital Federal
< Escuchar

Las Jubilaciones y Pensiones tendrán en mayo un nuevo aumento del 11 por ciento

Foto del avatar

Publicado

-

ANSES informa que las jubilaciones y pensiones recibirán un nuevo incremento en mayo del 11,01 por ciento, en concepto de adelanto de la nueva fórmula de movilidad de junio, que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Además, los titulares de jubilaciones y pensiones mínimas cobrarán un bono de 70 mil pesos, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de 260.141,60 pesos (190.141,60 pesos de haber con aumento + 70 mil pesos de bono, con el calendario de pagos habitual). En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.

Asimismo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a 222.113,28 pesos (152.113,28 pesos más el bono de 70 mil pesos), y las Pensiones No Contributivas por Invalidez y Vejez serán de 203.099,12 pesos (133.099,12 pesos más el bono de 70 mil pesos).

Se recuerda que el Gobierno nacional dispuso, a través del Decreto 274/2024, la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que, desde julio, se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del IPC de dos meses atrás. Es decir, en julio los haberes tomarán como base el índice de mayo; en agosto, el de junio; y así sucesivamente.

En ningún caso su aplicación podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados: si en junio el aumento otorgado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado desde abril por aplicación de la nueva fórmula de movilidad, ANSES abonará la diferencia correspondiente.

Continuar Leyendo

tendencia

Noticias Las Flores: Inscripto en la Dirección Nacional del Derecho de Autor - Expediente Nº 5182965 Director propietario: Barlatay Juan Maria Domicilio Legal: Av. Brasil 646 - Capital Federal - 1154 - Buenos Aires - Argentina - Tel: 02244 - 453804 Email: [email protected] Fundación: 11 de Septiembre 2010 - Año: XII Copyright © 2010-2022 Noticias Las Flores.