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Por ley, sancionan el bullying y habrá hasta expulsiones

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Por ley, sancionan el bullying y habrá hasta expulsiones

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Estos son títulos de los últimos meses. “Atacada a piedrazos por ‘ser linda’”. “Un chico con retraso madurativo fue brutalmente golpeado por su compañeros”. “Investigan si un chico de 14 años se suicidó por bullying”. “Un nene de once años recibió una paliza en su viaje de egresados”. “En la escuela destruyeron la autoestima de mi hijo”, dijo un padre cuando le consultaron por qué su nene no quería ir al colegio. La violencia escolar es una tendencia que crece en el país. De hecho, una encuesta de la consultora privada TNS-Gallup reveló en junio que uno de cada cuatro argentinos conoce un caso de acoso escolar. En el Congreso tomaron nota y ayer aprobaron una ley que establece que el Ministerio de Educación, a través del Consejo Federal, deberá establecer reglas para prevenir la conflictividad en las escuelas, entre ellas el bullying. La norma busca fomentar la creación de equipos especializados y también indica que los alumnos deben ser sancionados.

Según pudo saber Clarín, el Ministerio de Educación ya está trabajando en una guía para los docentes, una iniciativa bien recibida en la comunidad educativa ya que muchos dicen que no saben qué hacer ante un caso de violencia.

En cuanto a las sanciones, el texto apunta que deben ser educativas, graduales y progresivas. Y si como medida extrema se expulsa al alumno, las autoridades de la escuela tienen que buscarle otro establecimiento donde estudiar, porque debe quedar garantizado “el derecho a la educación”. Según la autora proyecto, Mara Brawer (FPV), las sanciones pueden ser variados, como un apercibimiento o dejar al chico sin un día de actividades aunque con tarea, pero cada escuela deberá definir la sanción a aplicar en cada caso.

Además, la norma toma en cuenta “el contexto en el que tiene lugar la transgresión” para no estigmatizar a los alumnos involucrados. “La ley tiene un enfoque relacional. Es decir, apunta a explicar los comportamientos violentos como producto de la trama de relaciones que se dan en un contexto determinado. Si un chico le rompió el libro a otro, ese otro debió haber hecho algo. Entonces debe atenderse a los dos alumnos y encontrar el motivo que subyace a la agresión. Quizás ese motivo circula por la escuela y la comunidad educativa está involucrada”, define Brawer. Los alumnos tendrán un espacio donde puedan plantear sus problemas, los docentes podrán intervenir y los padres no se quedarán afuera: pasan a tener un rol activo en la resolución de conflictos. “No puede existir el silencio pedagógico frente a la violencia. El maestro debe intervenir, por eso esta norma busca fortalecer a los docentes e integrar a los papás”, cierra Brawer.

La ley –que además exige registrar casos de hostigamiento escolar– “prohíbe cualquier medida que atente contra la participación de docentes, estudiantes o sus familias en la vida educativa”. “Cuando ocurren los episodios de acoso a un niño, reconocemos que el factor más importante es la ausencia de los adultos responsables: maestros, autoridades educativas, padres”, analiza Sara Zusman, psicóloga especialista en niños y adolescentes, miembro de la Asociación Psicoanalítica Argentina (APA). “La cooperación entre maestros y padres facilita el clima de armonía en las aulas”, suma el psicoanalista Enrique Novelli.

Por ahora, la ley está lejos de la realidad. “Hace falta personal en los equipos de orientación. Por ejemplo, en mi escuela hay una psicóloga para 600 alumnos. Falta inversión en recursos humanos para los gabinetes psicopedagógicos”, observa Leandro Vecino, docente de Lengua de la Técnica 28, de la Ciudad. En esa institución educativa implementaron una serie de estrategias para hacerle frente a los casos de violencia. Ante la falta de un protocolo, fue la manera que hallaron de abordar la problemática y, dicen, da buenos resultados. “Creamos espacios de participación donde los chicos hablan, se sienten contenidos y respetados. Cuando logramos que nuestros alumnos generen un sentido de pertenencia a su escuela, la violencia se reduce notablemente”, apunta Vecino.

Al ser de carácter nacional, la norma se implementará en todo el territorio aún cuando algunas jurisdicciones, como Buenos Aires, tengan su propia norma. El Ministerio de Educación pondrá un 0-800 para orientar a los padres, pero no se precisó cuándo.

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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico

Es una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, tomada luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos. Empezará a correr dentro de 90 días.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial una resolución que afecta el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas este servicio ni el de auxilio mecánico a los usuarios.

De esa forma, se determinó que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.

La Resolución SSN 217/2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar la póliza.

Es para proteger al ciudadano:

La SSN tomó esta decisión luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.

En un comunicado en su web, la Superintendencia afirmó que “busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.

“De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, cierra la SSN.

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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles

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El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.

Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.

El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.

Líneas de crédito y detalles

Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.   

Compra de primera o segunda vivienda

  • El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
  • Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Construcción de vivienda

  • El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
  • Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Terminación de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
  • El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Ampliación o refacción de una casa

  • El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
  • Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
  • El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
  • El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
  • El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
  • La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.

Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO

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