¿Cómo se realiza el trámite para acceder a la nueva moratoria jubilatoria?

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Casi 480 mil personas podrán acceder a la jubilación en el marco de la segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional, que fue convertido en ley el miércoles. Todos los detalles para hacer el trámite.
El beneficiario no podrá contar con prestación previsional alguna o que, si cuentan con ella, no sea superior a la mínima (hoy, en 2.757 pesos y a partir de septiembre, $3231)
Se contemplará a las personas con mayor nivel de vulnerabilidad social.

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¿Cómo se realiza el trámite?
Importante: no hay aún una fecha prevista para el inicio de los trámites
1° parte: Obtención de turno
– El titular se comunica telefónicamente al servicio gratuito 130, por el sitio web de la ANSES, www.anses.gob.ar, o se dirige a cualquier delegación y manifiesta su voluntad de realizar el trámite.
– Deberá declarar su número de CUIL y el de su esposo/a o conviviente que permitirán hacer los controles de incompatibilidad (por ejemplo: si posee otro beneficio).
– Se le otorga un turno para presentarse en la oficina de ANSES.
2da parte: presentación en las sedes de la ANSES
– El titular debe presentar la documentación necesaria para cualquier jubilación (constancias laborales, documentación personal y de su familia).
– En interconexión con la AFIP se hará el análisis patrimonial: ante los casos negativos, se informará que no cuenta con los requisitos necesarios para acceder al plan; los positivos ingresan en ese mismo momento en la etapa de asesoramiento personalizado para el cálculo de la deuda previsional.
¿En qué consiste el asesoramiento personalizado?
Los empleados de la ANSES acceden a la historia laboral de la persona, en la que controlan los aportes registrados, su situación como trabajador independiente ante la AFIP, si tiene reconocimientos de servicios previos. De esta manera, puede saberse cuántos años de aportes le faltan y, sobre ellos, se calcula la deuda previsional y el plan de pagos.
Luego, el titular debe ir al banco y pagar la primera cuota del plan. Una vez acreditado el pago (informado por la AFIP) se otorga la prestación y se descuentan las cuotas siguientes de los haberes.
Fuente: MinutoUno

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