Las Flores
Usuarios podrán inyectar energía y recibir beneficios impositivos por 12 años
Se reglamentó una ley que permite a los vecinos de la Provincia inyectar en la red la energía de los paneles solares que coloquen. Los detalles.

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Ya rige en la Provincia una ley que permite a las y los vecinos poder inyectar la energía de los paneles solares que instalen en la red eléctrica y, de ese modo, obtener beneficios impositivos por más de una década.
Se tata de la Ley de Generación Distribuida que había sido impulsada por la diputada provincial María Fernanda Bevilacqua, que tiene como objetivo promover el uso de energías renovables y mejorar la calidad del servicio eléctrico a partir de la generación de energía domiciliaria.
Así quedó establecido a partir de la publicación del Decreto reglamentario N°2371/2022 de la Ley 15.325, por la que los vecinos y vecinas podrán convertirse en “usuarios-generadores” instalando paneles solares en sus domicilios y estarán habilitados para la generación de energía por fuentes renovables para el autoconsumo. Además, podrán inyectar el excedente a la red eléctrica, recibiendo una remuneración por ello.

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En ese sentido, para promover esta actividad, la Provincia incorpora dos exenciones impositivas por 12 años:
- el impuesto a los Ingresos Brutos por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución
- el impuesto de Sellos a los contratos que suscriban los usuarios con las empresas distribuidoras.
Según explicaron desde el Ministerio de Infraestrcutura y Servicios Públicos bonaerense, generar e inyectar energía en forma particular «no solo genera ahorros en las facturas del servicio eléctrico, sino también permite un uso más eficiente de la energía y promueve hábitos de cuidado ambiental imprescindibles para el futuro».
¿De qué se trata la ley?
A partir de la reglamentación, se prevé la creación del Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER) en el ámbito del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) donde constarán los usuarios generadores (UG) inscriptos por las distribuidoras provinciales y municipales de energía eléctrica.
Además, se define como usuario generador al hogar que instala en el domicilio equipos de energía renovables destinado a su propio consumo y con la posibilidad de volcar los eventuales excedentes de electricidad a la red de distribución eléctrica.
Vale aclarar que no están comprendidos los grandes usuarios o autogeneradores del mercado eléctrico mayorista.
En tanto, los UG de Edenor y Edesur que deseen acceder a los beneficios provinciales, deberán ingresar su certificado de usuario generador expedido por el Registro nacional en el RUGER, a través de su distribuidora.

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