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El contador Nicolás Griffiths aclara los alcances de la nueva normativa de ARBA sobre billeteras digitales

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El contador Nicolás Griffiths aclara los alcances de la nueva normativa de ARBA sobre billeteras digitales

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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) comenzará a aplicar un nuevo régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en cuentas digitales a partir de octubre de 2025.

La medida, establecida mediante la Resolución Normativa 25/2025 publicada en el Boletín Oficial el 8 de septiembre, alcanza a plataformas como Mercado Pago, Ualá y Naranja Xetc., el objetivo es equiparar el tratamiento fiscal de las acreditaciones en billeteras virtuales con el de las cuentas bancarias tradicionales.

Para ello, la provincia adhirió al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), ya utilizado en otras jurisdicciones.

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Quiénes estarán alcanzados

El régimen afectará a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos tanto locales como de Convenio Multilateral, incluidos en un padrón especial que elaborará ARBA, la retención se aplicará en el momento de la acreditación y variará según la actividad principal declarada por cada contribuyente. Las alícuotas irán del 0,01% al 5%, con ejemplos como:

• Construcción: 0,10%

• Transporte de pasajeros: 0,50%

• Profesiones liberales: 0,80%

Qué operaciones estarán exceptuadas

El régimen no se aplicará sobre ingresos no gravables, como:

• Salarios, jubilaciones y pensiones.

• Créditos y préstamos.

• Movimientos entre cuentas del mismo titular.

• Exportaciones de mercaderías.

• Reintegros de IVA o promociones.

• Indemnizaciones, seguros y cuotas alimentarias ordenadas judicialmente.

• Transferencias por venta de inmuebles no habituales

• Planes sociales y subsidios (AUH, becas, etc.).

Posibles efectos

Aunque los importes retenidos se computarán como pagos a cuenta del impuesto, especialistas advierten que la medida podría generar:

• Reducción de liquidez, al retenerse parte de los fondos acreditados.

• Incremento de saldos a favor, que en muchos casos quedan inmovilizados por períodos prolongados.

• Mayor carga administrativa, debido a la necesidad de gestionar devoluciones o compensaciones de retenciones indebidas.

Con esta iniciativa, ARBA busca reforzar el control sobre los movimientos digitales y ampliar la base de recaudación, en línea con una tendencia que ya se replica en otras jurisdicciones del país.

Entrada en vigencia

La implementación será progresiva:

• 1° de octubre: alcanzará a los Proveedores de Servicios de Pago que ya operaban con el SIRCUPA.

• 1° de noviembre: se sumarán los que aún no estaban incorporados.

Los montos retenidos tendrán carácter de impuesto ingresado y podrán computarse como pago a cuenta en las declaraciones juradas mensuales.

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