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Micros de larga distancia: el equipaje deberá estar registrado a nombre del pasajero

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Micros de larga distancia: el equipaje deberá estar registrado a nombre del pasajero

En 60 días, se deberán implementar nuevas formas de asegurar la correspondencia entre los viajeros y sus pertenencias.

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De ahora en más, las valijas deberán estar registradas a nombre de cada pasajero para viajes en micros de larga distancia. Así lo estableció este lunes la Secretaría de Transporte que aprobó un nuevo régimen para la identificación trazabilidad de equipajes y encomiendas en el transporte automotor de pasajeros.

La resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial, establece que los transportistas podrán definir libremente las características técnicas y de diseño de los dispositivos utilizados para vincular el equipaje con el pasajero, siempre que se garantice la seguridad e inviolabilidad del sistema. Para eso, la nueva normativa da 60 días a las empresas para implementar los sistemas que necesiten.

La nueva resolución deja sin efecto el sistema anterior de control, basado en marbetes y fajas físicas con características técnicas predeterminadas. Según el texto, ese esquema se consideró incompatible con los principios de desregulación y libre competencia que busca el Gobierno.

En este sentido, el documento reafirma la idea de que el Estado Nacional “(…) promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

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Además, recordó que “dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.

A partir de la entrada en vigencia de la nueva medida, que será efectiva a mediados de marzo, los operadores de transporte automotor de pasajeros interjurisdiccionales podrán optar por mecanismos documentales o tecnológicos verificables. En ese sentido, podrán aplicar códigos impresos en los pasajes, QR, registros digitales en sistemas de venta, etiquetas propias u otras herramientas que aseguren la trazabilidad.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será responsable de fiscalizar en sus inspecciones la efectiva correspondencia entre equipajes y pasajeros, priorizando el control sobre la seguridad del dispositivo elegido más allá de las especificaciones técnicas.

Fuente: Agencia DIB

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