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Macri arremetió contra el cobro de servicios extra en facturas de luz

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Macri arremetió contra el cobro de servicios extra en facturas de luz

Como ya lo hizo la gobernadora María Eugenia Vidal en la provincia de Buenos Aires, el presidente Mauricio Macri anunció que buscará limitar el cobro en las facturas de las cooperativas eléctricas de impuestos y servicios ajenos al servicio, práctica a la que calificó como una «avivada».

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Se trata de las tasas que los municipios incluyen en las boletas o de los servicios extra que las cooperativas suelen incorporar, aprovechando las altas tasas de cobrabilidad de estas facturas.

Macri utilizó las redes sociales para anunciar que «vamos a terminar de una vez por todas con estas avivadas, apoyados en la normativa que prohíbe sumar cargos a la boleta de electricidad». El Presidente se refiere a una resolución que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) dictó el año pasado, estableciendo que las cooperativas prestadoras del servicio público de energía eléctrica deben facturar su servicio de forma autónoma e independiente de otros conceptos ajenos.

Esta discusión ya se dio el año pasado en la provincia de Buenos Aires, cuando por decreto Vidal prohibió a las cooperativas y empresas eléctricas que cobren tasas y servicios ajenos a la prestación.

La iniciativa provocó el enojo de los intendentes, que toman a las facturas como una fuente para asegurarse el pago de las tasas municipales. La fórmula es sencilla: como la falta de pago de la factura de luz deviene en el corte del servicio, la tasa de cobrabilidad es cercana al 100%. Cualquier otro impuesto local no supera el 50 o el 60%.

De todos modos, la prohibición no está vigente: debía comenzar a correr en junio, pero el Gobierno la postergó, primero hasta fin de 2018, y ahora hasta el mes de junio. Se trata de un guiño a los intendentes, que veían complicadas sus cuentas de contar con la prohibición.

En su intervención de hoy, Macri arremetió contra aquellas cooperativas «que le suman a las boletas de electricidad gastos que no corresponden al consumo de los usuarios». El Presidente dijo que «la lista de agregados es escandalosa y va desde las tasas municipales, la televisión digital o los postes, hasta sepelios o el pavimento».

El mandatario calificó el tema como un «abuso injustificable», y sostuvo que esta práctica «puede elevar el monto a pagar de la boleta de luz más de un 50% y en algunos casos hasta más de 80%». Finalmente, señaló que «los municipios hacen estos agregados para forzar a los usuarios a pagar y esconder o confundir sus propios gastos, ocultándolos en la boleta de luz».

Según se indicó, mañana Macri encabezará una reunión de defensa de la competencia en la Casa Rosada, en la que se tratará el tema. La acción del Gobierno se centrará en buscar los mecanismos necesarios para que las cooperativas cumplan con la Resolución 3442/18 del Inaes, publicada en noviembre en el Boletín Oficial.

En el Gobierno evaluaron que, pese a que entonces se dieron 30 días para cumplir con la prohibición, muchas asociaciones hicieron caso omiso de la misma.

Nueva modalidad

La norma del Inaes obliga a las cooperativas a cobrar el consumo eléctrico y las tasas asociadas al mismo por un lado, y disponer, en un talonario separado, el resto de los servicios que presta. De esta forma, evalúan en el Gobierno, se evitará el corte del servicio por el incumplimiento del pago de algunos ítems no relacionados con el servicio.

Desde las cooperativas aseguran que este sistema es el único que les permite asegurarse el cobro de muchos servicios de los que se hacen cargo supliendo incluso a Estado, como el caso de los sepelios o el servicio de emergencias.

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¿Qué documentación se solicitará para la circulación de vehículos en el territorio nacional?

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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) recuerda que se mantienen los requerimientos de la Ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional. Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024.

De esta manera, durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la Ley vigente a la fecha.

La documentación y elementos necesarios para circular son:

-Documento Nacional de Identidad (DNI).

-Licencia Nacional de Conducir.

-Cédula verde y/o azul.

-Comprobante de seguro vigente.

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).

-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

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Capital Federal
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Se eliminará el 40% de los Registros del Automotor en todo el país

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De acuerdo al resultado de la primera etapa de la auditoría llevada a cabo en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), y con el objetivo de reducir costos y eliminar trámites burocráticos, se ejecutarán las siguientes medidas:

Se cerrará el 40% de los Registros Automotores, comenzando por aquellos que llevan intervenidos más de 2 años, y luego se procederá con el cierre de los restantes intervenidos.

Se reducirá el 30% del personal de la Dirección de Registros Automotor, en el marco de un plan de retiros voluntarios y jubilaciones anticipadas.

Se eliminó el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) que obligaba al ciudadano a reportar la venta de su vehículo a la AFIP.

Se eliminará la «cédula azul»: A partir de mayo, cualquier persona podrá circular dentro del territorio de la República Argentina con la sola exhibición -física o digital- de la cédula verde del titular del automóvil.

Se eliminará el vencimiento de todas las «cédulas verdes».

Los titulares de los registros seccionales se harán cargo del 100% de sus costos operativos, adecuando su ingreso a la tarea efectivamente desempeñada y su productividad. El Ministerio de Justicia podrá controlar, en todo momento, la estructura de costos de los Encargados de Registros.

Se digitalizarán la totalidad de los legajos de los vehículos, en todos sus tipos, para constituir un registro digital único y completo, permitiendo la eliminación de los legajos físicos.

Se propondrá a las Provincias la adhesión al convenio de baja de impuestos de sellos y patentes provinciales, para reducir el costo de las operaciones registrales, que asciende hasta el 70% del costo total de una transferencia.

Se implementará un Régimen de Concursos transparentes para impedir la contratación de personas que hayan tenido cargos políticos durante los últimos 10 años, sus familiares y aquellas personas que no acrediten los requisitos de idoneidad y experiencia en la actividad privada para cumplir tal función.

Se auditará el sistema de fiscalización de los registros seccionales por la Subsecretaría de Asuntos Registrales.

Se deroga el régimen que impone el monopolio de la Casa de la Moneda en la compra de insumos. Ello permitirá la libre competencia de oferentes, lo que se traducirá en una mejora de precios.

Se digitalizará la verificación policial de vehículos, en una agenda conjunta con las autoridades provinciales y las fuerzas federales.

Se aumentará significativamente el importe que obliga al ciudadano a informar al Estado el origen de los fondos para adquirir un vehículo.

A partir de este momento, se inicia la segunda etapa de la auditoría, que tendrá por objetivo revisar el contrato general de administración de los Registros Automotor, acelerar la digitalización y transformación del proceso, y bajar fuertemente los costos de transferencias y/o patentamientos.

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Las Flores
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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores

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En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.

En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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