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Las Leyes que marcaron el año parlamentario en la Cámara de Diputados
Durante el período legislativo que va desde el 1 de marzo a finales del 2021, el Congreso sancionó más de 50 leyes, entre las que se destacan una serie de medidas de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, PYMEs y entidades sin fines de lucro; la Ley de Etiquetado Frontal de alimentos; la ampliación de la denominada Zonas Frías respecto a la tarifa del gas; y la Ley Yolanda de educación ambiental integral. En ese marco, la Cámara de Diputados, a pesar de la pandemia, funcionó normalmente y volvió a la presencialidad plena para llevar adelante su tarea.
El año legislativo comenzó con la media sanción del proyecto que establecía modificaciones al Impuesto a las Ganancias, impulsado por el titular del cuerpo, Sergio Massa, para promover un alivio fiscal para más de un millón de trabajadores. La ley, que luego fue aprobada en el Senado, elevó el piso para el pago del Impuesto a $150 mil, e introdujo una cláusula que le otorga al Poder Ejecutivo la facultad de actualizar el mínimo no imponible conforme a las paritarias para no afectar el poder adquisitivo de la gente.
En la misma sesión, además, se aprobó una declaración de la emergencia en zonas afectadas por incendios; la prevención y control en del dopaje en el deporte y la Ley de Educación Ambiental Integral, conocida como “Ley Yolanda”, que tiene como objetivo garantizar la formación integral en medioambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para las personas que se desempeñan en la función pública.
En la segunda sesión, por su parte, se aprobaron cinco proyectos, destacándose la rebaja del Impuesto a las Ganancias para las sociedades, que redujo del 30% al 25% la alícuota que pagan las pequeñas y medianas empresas, y la postergación de las PASO y las Elecciones Generales en el marco de la emergencia sanitaria. También se trató la suspensión de causales de caducidad de los partidos políticos; el fortalecimiento del sistema de bomberos voluntarios y la ayuda a transportistas escolares.
La actividad de la Cámara baja siguió con la aprobación del cupo laboral travesti/trans y la iniciativa para el descuento en las tarifas de gas en las denominadas “zonas frías”, impulsada por el jefe del bloque oficialista, Máximo Kirchner, que benefició a usuarios de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta y municipios de la provincia de Buenos Aires. En la misma sesión se trataron, por otra parte, el Consenso Fiscal 2020 y la equidad de género en los medios de comunicación.
Cabe destacar que las medidas de alivio fiscal siguieron siendo prioridad para el cuerpo y en julio se aprobó el proyecto que actualizó las escalas del monotributo para generar alivio para más 4 millones de trabajadores de todo el país. La iniciativa, además, estipuló un plan de pagos para aquellos que necesitaban regularizar su deuda, con quita de multas por moratoria.
A su vez, en la misma sesión, se aprobó el marco regulatorio de Biocombustibles, el fomento del ahorro en pesos y la contracepción quirúrgica para personas con discapacidad.
En octubre, la Cámara de Diputados le dio media sanción a la Ley de alivio fiscal para contribuyentes y entidades sin fines de lucro, también impulsada por Massa, que incluía la condonación total de deudas tributarias para clubes de barrio, cuarteles de bomberos, bibliotecas populares y cooperativas de trabajo, y una nueva moratoria para monotributistas y Pymes. La iniciativa contó con el aval del oficialismo y de la oposición.
Además, el cuerpo aprobó la Ley de Etiquetado Frontal de alimentos, que busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada y advertir a los consumidores sobre los excesos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías a través de un sello de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso en la cara principal de los productos. También se aprobaron la protección de Niños y Adolescentes con Cáncer; la protección de personas en situación de calle; la jubilación anticipada para trabajadores viñateros; la convenciones contra la discriminación y la Ley Ovina.
Finalmente, en diciembre se celebró la última sesión de la Cámara de Diputados en una prórroga de las sesiones ordinarias y en la que se aprobó la modificación de la Ley de Impuestos a los Bienes Personales subiendo el mínimo no imponible de $2 millones a $6 millones. A su vez, la iniciativa del Frente de Todos también establecía una actualización anual y automática mediante el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Mínimo No Imponible vigente para el conjunto de los bienes y para los tramos de la escala de alícuotas, para evitar que el mínimo quede desactualizado.
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Prepagas: información importante sobre la actualización de los valores
En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.
En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).
De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).
Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.
En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.
En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.
El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.
Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.
Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).
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Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico
Es una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, tomada luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos. Empezará a correr dentro de 90 días.
La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial una resolución que afecta el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas este servicio ni el de auxilio mecánico a los usuarios.
De esa forma, se determinó que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.
La Resolución SSN 217/2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar la póliza.
Es para proteger al ciudadano:
La SSN tomó esta decisión luego de recibir “múltiples quejas” de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad” del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.
En un comunicado en su web, la Superintendencia afirmó que “busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.
“De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, cierra la SSN.
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Nuevas líneas de créditos UVA del Banco Hipotecario: montos, requisitos y detalles
El Banco Hipotecario lanzó dos líneas nuevas de créditos hipotecarios UVA (indexados a la Unidad de Valor Adquisitivo), por hasta $250 millones a pagar a treinta años. La iniciativa busca brindar una chance para aquellos que desean acceder a una vivienda con una tasa de 8,5% final.
Para aquellos que sean clientes del banco y acrediten haberes en la entidad, habrá un beneficio del 50% de la cuota durante el primer año, es decir la tasa será 4,25% final por los 12 meses iniciales. Con el costo financiero total la tasa será de 8,65% final, y 4,4% final el primer año para cuentas sueldo del Banco Hipotecario.
El lanzamiento oficial al mercado será entre los meses de mayo y junio. La gestión del préstamo será de forma online y es posible que a partir del 15 de mayo se habiliten las solicitudes.
Líneas de crédito y detalles
Las líneas de crédito estarán destinadas a la construcción o adquisición de una primera o segunda vivienda, o bien a la ampliación y refacción.
Compra de primera o segunda vivienda
- El crédito para comprar una primera o segunda vivienda es por hasta $250 millones en un único desembolso.
- Financia hasta el 80% del valor total del inmueble. Además, como requisito, quien lo solicite deberá contar con el 20% restante, que se invierte como anticipo.
- El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
- El capital es ajustable por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo).
- La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.
Construcción de vivienda
- El crédito es por hasta $250 millones con un anticipo y dos desembolsos, contra avance de la obra.
- Financian hasta el 80% del presupuesto de obra.
- El crédito se debe destinar a la construcción de primera o segunda vivienda.
- El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
- El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
- La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.
Terminación de una casa
- El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
- Financian hasta el 50% del presupuesto de obra.
- El crédito se debe destinar a la terminación de primera o segunda vivienda.
- El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
- El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
- La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.
Ampliación o refacción de una casa
- El crédito es por hasta $125 millones en un único desembolso.
- Financian hasta el 100% del presupuesto sin superar el 35% del valor de la garantía actual.
- El crédito se debe destinar a la ampliación de primera o segunda vivienda.
- El plazo máximo de pago es de 360 meses (30 años).
- El capital es ajustable por (Unidad de Valor Adquisitivo).
- La cuota mensual a pagar no puede exceder el 25% del ingreso del solicitante.
Para más información, comunicarse a las vías de contacto oficiales del banco o ingresar en este link: LINEAS DE CREDITO BANCO HIPOTECARIO
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