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Restricción a la circulación de camiones por fin de semana largo
Se restringe la circulación de camiones de más de 3.500 KG en rutas nacionales y en los accesos a CABA el siguiente día y horario:
– Viernes 22 de mayo de 2015, de 18 a 23:59 horas.
– Lunes 25 de mayo de 2015, de 18 a 23:59 horas.
El objetivo de la medida es facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito durante el fin de semana largo, donde se conmemora el 25 de mayo como “Día de La Revolución de Mayo”. Trabajan en conjunto la Dirección Nacional de Vialidad, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.
La veda regirá en sentido ascendente (salida), el día viernes 22 de mayo de 2015, de 18 a 23:59 horas, y en sentido descendente (regreso), el día Lunes 25 de mayo de 2015, de 18 a 23:59 horas, en los siguientes accesos a CABA, autovías y autopistas:
§ Ricchieri
§ Ezeiza-Cañuelas
§ Del Oeste
§ La Plata-Buenos Aires
§ Au. del Sol (Panamericana)
§ Autopista Ruta Nacional Nº 7 desde ciudad de San Luis a la ciudad de Mendoza.
§ Autopista Ruta Nacional Nº 9 desde el km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de Córdoba.
§ Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 80 al 159.91
§ Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 1390,9 al 1396.11
§ Autovía Ruta Nacional Nº 12 desde el Km 1636,87 a 1638,76
§ Autovía Ruta Nacional Nº 14 desde el Km 0 al 504.38
Quedan exceptuados:
§ Transportes de:
§ Leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-
§ Animales vivos
§ Productos frutihortícolas en tránsito
§ Exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales
§ Atención de emergencias
§ Asistencia de vehículos averiados o accidentados
§ Cisterna de traslado de combustibles
§ Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo
§ Gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios
§ Medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos
§ Gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios
§ Medicinas
§ A disposición final de residuos sólidos urbanos
§ Deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
La veda también regirá en las siguientes rutas nacionales en los tramos que se especifican en ambas manos de circulación:
RUTA | DESDE | HASTA |
---|---|---|
Nº 3 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As. |
Nº 5 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Ciudad de Trenque Lauquen, Pcia. de Bs. As. |
Nº 7 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Ciudad de San Luis, Pcia. de San Luis. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de San Luis, Pcia de San Luis, a la Ciudad de Mendoza, Pcia de Mendoza, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 8 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis |
Nº 9 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Ciudad de La Quiaca, Pcia. de Jujuy. Tramo correspondiente a Autopista o Autovía, entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 11 | Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. | Ciudad de Clorinda, Pcia. de Formosa. |
Nº 12 | Empalme con Ruta Nacional N° 9, Provincia de Buenos Aires. | Puerto Iguazú, Pcia de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159.91; 1390,9 a 1396.11 y 1636.87 a 1638.76 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 14 | Ciudad de Ceibas, Pcia. de Entre Ríos. | Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 19 | Ciudad de Santa Fe, Pcia. de santa Fe. | Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. |
Nº 20 | Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. | Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. |
Nº 22 | Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. | Pcia. de Neuquén. |
Nº 33 | Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. | Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As. |
Nº 34 | Intersección con la R.N. 9 en la Localidad de GUEMES, Pcia. de SALTA. | Yuto, Pcia. de Jujuy. |
Nº 35 | Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. | Ciudad de Santa Rosa, Pcia. de La Pampa. |
Nº 36 | Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. | Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. |
Nº 38 | Empalme con la RN N° 20, en la Pcia. de Córdoba. | Ciudad de S. M. de Tucumán, Pcia. de Tucumán. |
Nº 40 | Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. | Ciudad de Malargue, Pcia. de Mendoza. |
Empalme con la R.N. N° 234, de la Pcia. de Neuquén. | Ciudad de Esquel, Pcia. de Chubut. | |
Nº 74 | Empalme con la Ruta Nacional N° 38, Pcia. de La Rioja. | Ciudad de Chilecito, Pcia. de La Rioja. |
Nº 105 | Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. | Ciudad de Posadas, Pcia. de Misiones. |
Nº 127 | Empalme con R.N. N° 12, Pcia. de Entre Ríos. | Empalme con Ruta Nacional N° 14, Pcia. de Corrientes. |
Nº 141 | Empalme con la Ruta Nacional N° 79, en la Pcia. de La Rioja. | Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. |
Nº 146 | Empalme Ruta Nacional N° 20, Pcia. de San Luis. | Ciudad de San Rafael, Pcia. de Mendoza. |
Nº 147 | Ciudad de San Luís, Pcia. De San Luis. | Empalme de la Ruta Nacional N° 20 de la Pcia. de San Luis. |
Nº 148 | Ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba. | Límite con la Pcia. de San Luis. |
Nº 158 | Ciudad de San Francisco, Pcia. de Córdoba. | Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis. |
Nº 174 | Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. | Ciudad de Victoria, Pcia. de Entre Ríos. |
Nº 188 | Ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Pcia. de Bs. As. | Ciudad de General Alvear, Pcia. de Mendoza. |
Nº 205 | Ciudad de Cañuelas, Pcia. de Bs. As. | Ciudad de San Carlos de Bolívar, Pcia. de Buenos Aires. |
Nº 226 | Ciudad de General Villegas, Pcia. de Bs. As. | Empalme Ruta Provincial N° 29, Pcia. de Bs. As. |
Nº 231 | Empalme con la Ruta Nacional N° 40, Pcia. De Neuquén. | Paso Cardenal Samoré, Pcia. de Neuquén |
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Capital Federal
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Las Jubilaciones y Pensiones tendrán en mayo un nuevo aumento del 11 por ciento
ANSES informa que las jubilaciones y pensiones recibirán un nuevo incremento en mayo del 11,01 por ciento, en concepto de adelanto de la nueva fórmula de movilidad de junio, que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Además, los titulares de jubilaciones y pensiones mínimas cobrarán un bono de 70 mil pesos, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de 260.141,60 pesos (190.141,60 pesos de haber con aumento + 70 mil pesos de bono, con el calendario de pagos habitual). En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.
Asimismo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a 222.113,28 pesos (152.113,28 pesos más el bono de 70 mil pesos), y las Pensiones No Contributivas por Invalidez y Vejez serán de 203.099,12 pesos (133.099,12 pesos más el bono de 70 mil pesos).
Se recuerda que el Gobierno nacional dispuso, a través del Decreto 274/2024, la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que, desde julio, se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del IPC de dos meses atrás. Es decir, en julio los haberes tomarán como base el índice de mayo; en agosto, el de junio; y así sucesivamente.
En ningún caso su aplicación podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados: si en junio el aumento otorgado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado desde abril por aplicación de la nueva fórmula de movilidad, ANSES abonará la diferencia correspondiente.
Capital Federal
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¿Qué documentación se solicitará para la circulación de vehículos en el territorio nacional?
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) recuerda que se mantienen los requerimientos de la Ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional. Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024.
De esta manera, durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la Ley vigente a la fecha.
La documentación y elementos necesarios para circular son:
-Documento Nacional de Identidad (DNI).
-Licencia Nacional de Conducir.
-Cédula verde y/o azul.
-Comprobante de seguro vigente.
-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
Capital Federal
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Se eliminará el 40% de los Registros del Automotor en todo el país
De acuerdo al resultado de la primera etapa de la auditoría llevada a cabo en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), y con el objetivo de reducir costos y eliminar trámites burocráticos, se ejecutarán las siguientes medidas:
Se cerrará el 40% de los Registros Automotores, comenzando por aquellos que llevan intervenidos más de 2 años, y luego se procederá con el cierre de los restantes intervenidos.
Se reducirá el 30% del personal de la Dirección de Registros Automotor, en el marco de un plan de retiros voluntarios y jubilaciones anticipadas.
Se eliminó el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) que obligaba al ciudadano a reportar la venta de su vehículo a la AFIP.
Se eliminará la «cédula azul»: A partir de mayo, cualquier persona podrá circular dentro del territorio de la República Argentina con la sola exhibición -física o digital- de la cédula verde del titular del automóvil.
Se eliminará el vencimiento de todas las «cédulas verdes».
Los titulares de los registros seccionales se harán cargo del 100% de sus costos operativos, adecuando su ingreso a la tarea efectivamente desempeñada y su productividad. El Ministerio de Justicia podrá controlar, en todo momento, la estructura de costos de los Encargados de Registros.
Se digitalizarán la totalidad de los legajos de los vehículos, en todos sus tipos, para constituir un registro digital único y completo, permitiendo la eliminación de los legajos físicos.
Se propondrá a las Provincias la adhesión al convenio de baja de impuestos de sellos y patentes provinciales, para reducir el costo de las operaciones registrales, que asciende hasta el 70% del costo total de una transferencia.
Se implementará un Régimen de Concursos transparentes para impedir la contratación de personas que hayan tenido cargos políticos durante los últimos 10 años, sus familiares y aquellas personas que no acrediten los requisitos de idoneidad y experiencia en la actividad privada para cumplir tal función.
Se auditará el sistema de fiscalización de los registros seccionales por la Subsecretaría de Asuntos Registrales.
Se deroga el régimen que impone el monopolio de la Casa de la Moneda en la compra de insumos. Ello permitirá la libre competencia de oferentes, lo que se traducirá en una mejora de precios.
Se digitalizará la verificación policial de vehículos, en una agenda conjunta con las autoridades provinciales y las fuerzas federales.
Se aumentará significativamente el importe que obliga al ciudadano a informar al Estado el origen de los fondos para adquirir un vehículo.
A partir de este momento, se inicia la segunda etapa de la auditoría, que tendrá por objetivo revisar el contrato general de administración de los Registros Automotor, acelerar la digitalización y transformación del proceso, y bajar fuertemente los costos de transferencias y/o patentamientos.
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